Construcción

Construcción

Las empresas deben comprender el sistema de impuestos comerciales de Washington y la aplicación general de las clasificaciones del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O), el impuesto sobre las ventas minoristas y el impuesto sobre uso para declararlos de manera correcta. Esta publicación constituye una guía para ayudar a quienes se dedican a realizar actividades de construcción a determinar su responsabilidad fiscal estatal.

Para obtener más información o respuestas a preguntas en relación con los impuestos sobre el consumo de Washington, comuníquese con nosotros.

Descargue la aplicación gratuita para la búsqueda de tasas impositivas en el dispositivo móvil.

Consulte nuestro artículo sobre temas fiscales: Licitación de proyectos de construcción.

Mire un video sobre la industria de la construcción.

Updated May 2023


Contenido

Descripción general

Descripción general

Los impuestos sobre el consumo de Washington se aplican a todas las actividades comerciales realizadas en el estado. Las corporaciones, asociaciones, empresas unipersonales, empresas conjuntas, organizaciones sin fines de lucro, organizaciones de responsabilidad limitada, entre otras, que realizan negocios en el estado están sujetas al pago de estos impuestos, incluso si no tienen una oficina en Washington.

Las empresas sujetas a cualquiera de los impuestos sobre el consumo de Washington deben registrarse en el Departamento de Ingresos. Para ello, deben completar una solicitud de licencia comercial.

En la siguiente sección, se brinda una descripción general sobre cómo se aplican los impuestos a las empresas de construcción. Se aborda la terminología, las actividades de construcción y una descripción general de las siete categorías de construcción.


Terminología

Impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación: El impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) de Washington se basa en los ingresos brutos de las actividades comerciales. Esto significa que no se realizan deducciones por mano de obra, materiales, impuestos u otros costos derivados de las actividades. Es diferente de un impuesto sobre ingresos que se aplica a los ingresos netos de las actividades comerciales. La naturaleza de la actividad comercial determina la clasificación del impuesto sobre B&O adecuado. Existen diferentes clasificaciones del impuesto sobre B&O para la extracción, fabricación, venta al por mayor, contratación del Gobierno, construcción de vías públicas, servicios y otras actividades, venta al por menor, entre otros. Cada clasificación tiene su propia tasa impositiva. Las empresas que realizan más de una actividad pueden estar sujetas al impuesto en virtud de una o más clasificaciones del impuesto sobre B&O. Cada empresa debe pagar el impuesto sobre B&O por sus ingresos brutos. Por ejemplo, si un contratista principal celebró un contrato de construcción de $100,000 y contrata a un subcontratista para realizar una parte de la construcción por $20,000, el contratista principal está sujeto al pago de impuestos sobre el monto de $100,000 y el subcontratista sobre el monto de $20,000.

Impuesto sobre las ventas minoristas: Las empresas que venden productos o prestan servicios al por menor (como una construcción principal personalizada) también deben cobrar y remitir el impuesto sobre las ventas minoristas por los costos totales, a menos que se aplique una exención específica. El monto imponible incluye los costos de permisos y otras tarifas, mano de obra, ganancias, materiales y cargos por subcontratistas. Las tasas del impuesto sobre ventas varían en todo el estado. Los contratistas que prestan servicios al por menor deben cobrar el impuestos sobre ventas en función de la tasa impositiva de la jurisdicción donde prestan los servicios.

Ventas al por mayor: Las empresas que realizan ventas al por mayor no cobran el impuesto sobre las ventas minoristas. Sin embargo, deben obtener un permiso de reventa de los compradores para documentar por qué no se cobró el impuesto sobre ventas. Las compras al por mayor son aquellas que realizan las empresas para adquirir un producto o servicio a fin de revenderlo. Los subcontratistas de proyectos de construcción personalizada (una actividad de venta al por mayor) deben obtener un permiso de reventa del contratista principal o de otro subcontratista.

Uso como consumidor: Todas las personas que se dedican a la construcción son consumidores en cuanto a las herramientas (compradas o alquiladas) y los suministros (artículos que no se incorporan finalmente al inmueble) que se utilizan en la realización de la construcción. Sin embargo, según el tipo de construcción, el constructor también puede ser un consumidor de los materiales incorporados a la obra. Consulte la sección relacionada con la actividad de construcción en particular para conocer los tipos de artículos que se utilizan como consumidor. Los contratistas no deben usar el permiso de reventa para adquirir artículos “usados ​como consumidores” en la prestación de servicios de construcción.

Compras para reventa: Las compras para reventa consisten en la adquisición de artículos o servicios que se revenderán sin que intervenga el “uso como consumidor”. El impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso no se pagan en las compras para reventa. Los contratistas que compran artículos para revenderlos deben otorgar al vendedor un permiso de reventa para evitar pagar el impuesto sobre ventas. Si se paga este impuesto, el contratista puede solicitar una deducción del “impuesto pagado en el lugar de origen” (Sección 458-20-102 del Código Administrativo de Washington [Washington Administrative Code, WAC]

Impuesto sobre uso: En general, se debe pagar el impuesto sobre uso en el caso de artículos “usados como consumidor” cuando el impuesto sobre las ventas minoristas no se ha pagado. Si no se ha pagado el impuesto sobre ventas en las compras de herramientas, suministros y materiales utilizados en la construcción, que no se incorporan a las mejoras de inmuebles, se debe pagar el impuesto sobre uso. El impuesto sobre uso también se aplica a los elementos extraídos (como rocas) o producidos (como herramientas) que el contratista utiliza para realizar la construcción. Las tasas del impuesto sobre uso y el impuesto sobre ventas son las mismas. La tasa impositiva aplicable se determina según el lugar donde se utiliza el artículo por primera vez o donde se presta el servicio de construcción.

Impuesto sobre uso: En general, se debe pagar el impuesto sobre uso en el caso de artículos “usados como consumidor” cuando el impuesto sobre las ventas minoristas no se ha pagado. Si no se ha pagado el impuesto sobre ventas en las compras de herramientas, suministros y materiales utilizados en la construcción, que no se incorporan a las mejoras de inmuebles, se debe pagar el impuesto sobre uso. El impuesto sobre uso también se aplica a los elementos extraídos (como rocas) o producidos (como herramientas) que el contratista utiliza para realizar la construcción. Las tasas del impuesto sobre uso y el impuesto sobre ventas son las mismas. La tasa impositiva aplicable se determina según el lugar donde se utiliza el artículo por primera vez o donde se presta el servicio de construcción se determine que los bienes no se revenderán. El impuesto sobre ventas diferido se calcula en función del precio de compra. Esto incluye costos de envío/manipulación o flete. La tasa impositiva y el código de ubicación (jurisdicción fiscal) se determinan en el lugar donde el contratista recibió los artículos, al igual que el impuesto sobre ventas. Por ejemplo, si el contratista recogió los artículos en una tienda, la ubicación de esta determinará la tasa del impuesto sobre ventas y el código de ubicación. Si los artículos se entregaron al contratista, la dirección de entrega determinará la tasa del impuesto sobre ventas y el código de ubicación correctos.

Declare el impuesto sobre ventas diferido en la partida del impuesto sobre uso/impuesto sobre ventas diferido y las partidas de dichos impuestos locales en las declaraciones de impuestos sobre el consumo.

Precio bruto del contrato - contraprestación imponible: El precio bruto del contrato de prestación de un servicio de construcción es el monto sujeto a impuestos. Es decir, todos los costos relacionados con un trabajo específico en virtud del contrato. Esto incluye todas las contraprestaciones pagadas sin deducción de costos, incluso si estos no se definen como servicios de construcción por prestarlos independientemente del contrato de construcción. Por ejemplo, la facturación a un cliente por permisos de construcción, tarifas de ingeniería y arquitectura, herramientas y gastos fiscales son parte del precio bruto del contrato sujeto a impuestos. El pago del cliente de las responsabilidades del contratista directamente a terceros también está sujeto a impuestos como parte del precio bruto del contrato.

Cuando un contrato prevé pagos progresivos, se debe pagar el impuesto sobre el monto bruto facturado. El impuesto sobre ventas se considera recaudado solamente cuando figura por separado en los documentos del contrato o en las facturas de venta.

Reclamos/facturaciones en disputa: Los montos que no se paguen debido a una disputa están sujetos a impuestos hasta que el reclamo pendiente de pago se anule como una deuda incobrable. Si se obtienen ingresos adicionales como consecuencia de un acuerdo judicial, se consideran parte del monto bruto del contrato sujeto a impuestos. El tribunal puede considerar que parte del monto del acuerdo corresponde a los intereses generados debido a pagos atrasados. Estos intereses no forman parte del monto bruto del contrato, pero están sujetos a impuestos en virtud de la clasificación de B&O de servicios y otras actividades.

Cláusula de penalización en el contrato: Las pérdidas que asume el contratista debido a una cláusula de penalización por no haber terminado el trabajo en un tiempo específico no son deducibles del precio bruto del contrato para determinar los impuestos adeudados. Si las retenciones no se pagan porque el contratista no cumplió su deber, el monto de retención perdido no es deducible del monto bruto sujeto a impuestos.

 

Actividades de construcción

En términos generales, las actividades de construcción incluyen, entre otras, las siguientes:

  • Instalación, reparación, limpieza, mejora, construcción y decoración de bienes inmuebles.
  • Construcción y mejora de estructuras y edificios nuevos o existentes.
  • Limpieza, fumigación, demolición o traslado de estructuras.
  • Limpieza y reparación de hornos y fosas sépticas.
  • Limpieza de terrenos y movimiento de tierras.
  • Perforación de pozos de agua o petróleo.
  • Construcción y mejora de calles, vías, entre otras.
  • Limpieza de lugares con desechos peligrosos.
  • Limpieza de desechos radiactivos.
  • Servicios vinculados a la realización de cualquiera de los trabajos anteriores.

En términos más específicos, las actividades de construcción también incluyen la contratación general, la gestión de la construcción, la limpieza/remoción de escombros, el paisajismo, la pintura, la plomería, el cableado eléctrico, la calefacción/la ventilación/el aire acondicionado, la construcción de techo, la colocación de pisos/alfombras, las ventanas, la albañilería, el hormigón, los paneles de yeso, la iluminación, las molduras, la carpintería, los detalles y el acabado, etc.

 

Categorías de construcción a efectos fiscales

Las empresas realizan actividades de construcción como contratistas principales, subcontratistas o constructores especulativos. Además, pueden desempeñar todas esas funciones en más de una obra de manera simultánea.

En general, el contratista principal, que lo contrata el propietario, contrata a su vez al subcontratista. A efectos fiscales estatales, la diferencia entre un contratista principal y un subcontratista solamente es significativa en los trabajos de contratación “personalizada”. De lo contrario, las mismas consideraciones fiscales se aplican a ambos.

Para determinar la manera adecuada de declarar impuestos, debe establecer su categoría de actividades de construcción. A continuación, se incluye una descripción general de cada categoría. En la correspondiente sección de esta guía, se brinda más información sobre cada categoría de las actividades de construcción.

1. Construcción personalizada
En general, la construcción personalizada consiste en la realización de construcciones residenciales y comerciales para otros, por ejemplo, la construcción de vías para el estado de Washington. Sin embargo, también es una categoría general (o predeterminada) para otras actividades de construcción. Es decir, la contratación personalizada es la categoría de actividades de construcción que no se clasifican específicamente como construcción especulativa, contratación del Gobierno federal; construcción de vías públicas o en zonas de explotación forestal, limpieza de desechos radiactivos en terrenos federales o trabajos de limpieza de lugares peligrosos designados.

Contratación principal: La contratación principal personalizada consiste en que el propietario (o la persona que posee los derechos de propiedad como el arrendatario o titular de una servidumbre) contrate a un contratista principal para llevar a cabo un proyecto de construcción completo. El contratista principal personalizado puede realizar la totalidad o una parte de la construcción, así como contratar a otros contratistas (subcontratistas) para que realicen la totalidad o una parte de la obra. Los ingresos procedentes de la contratación principal personalizada (sin deducir los montos pagados a los subcontratistas) se declaran en virtud de la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por menor y están sujetos al impuesto sobre las ventas minoristas, a menos que se aplique una exención específica.
 
Subcontratación: La subcontratación personalizada consiste en que el contratista principal contrate a otro contratista para prestar una parte de los servicios necesarios para completar el proyecto. Los ingresos procedentes de la subcontratación personalizada se declaran en virtud de la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por mayor.

2. Construcción especulativa
La construcción especulativa consiste en realizar mejoras en un terreno que es propiedad del constructor. Los constructores especulativos no están sujetos al impuesto sobre B&O ni al impuesto sobre las ventas minoristas para vender inmuebles. Sin embargo, están sujetos al impuesto sobre el consumo de inmuebles. En algunos proyectos, el propietario puede contratar directamente a diferentes contratistas para realizar partes del proyecto total. En estos casos, cada uno de ellos está sujeto al pago de impuestos como contratista principal personalizado.

3. Contratación del Gobierno federal
La clasificación del impuesto sobre B&O de la contratación del Gobierno se aplica solamente cuando el contratista principal o subcontratista participa en la construcción, instalación y mejora de bienes inmuebles de o para Estados Unidos, sus organismos o una autoridad de viviendas del condado o la ciudad.

4. Construcción de vías públicas
La clasificación del impuesto sobre B&O de la construcción de vías públicas se aplica solamente cuando el contratista principal o subcontratista construye, repara o mejora calles, vías, etc., que son propiedad de una corporación municipal o subdivisión política del estado de Washington o del Gobierno federal. (Este tipo de construcción no abarca las vías que son propiedad del estado de Washington).

5. Construcción de vías en zonas de explotación forestal
La construcción de vías en zonas de explotación forestal consiste en la construcción de vías que se vincula directamente con la explotación forestal. Por lo general, los ingresos derivados de este tipo de construcción se declaran en virtud de la clasificación del impuesto sobre B&O por extracción propia o por contrato.

6. Servicios de construcción prestados en territorio indígena
Estas construcciones se realizan en territorio indígena para miembros inscritos de una tribu.

Construcción personalizada

Construcción personalizada

En esta sección, se hace referencia a todos los trabajos de construcción, excepto aquellos que se definen específicamente como construcción especulativa, contratación del Gobierno federal, construcción de vías públicas, construcción de vías en zonas de explotación forestal, limpieza de desechos radiactivos en terrenos federales o servicios de construcción prestados en territorio indígena para miembros inscritos.


Contratación principal

Elementos de la contratación principal personalizada: En general, el contratista principal de un trabajo de construcción personalizada es contratado por el propietario del terreno (o la persona que tiene los derechos de propiedad, por ejemplo, el arrendatario) para completar todo un trabajo de acuerdo con las especificaciones del contrato. El contratista principal personalizado puede realizar los servicios de construcción o contratar a otras personas para realizar parte o la totalidad del trabajo.

Declaración de impuestos sobre el consumo: Los ingresos brutos de la contratación principal en un trabajo de construcción personalizada están sujetos a impuestos en virtud de la clasificación del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) de venta al por menor y al impuesto sobre las ventas minoristas, a menos que se aplique una exención específica.

Contratistas principales personalizados como consumidores: El contratista principal es un consumidor de todos los artículos que no se incorporan al proyecto final. En otras palabras, un contratista principal es un consumidor de herramientas, equipos y suministros que se utilizan para realizar el servicio de construcción. Como consumidor, el contratista debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por dichos artículos.

 

Impuesto sobre las ventas minoristas

Cobro del impuesto sobre las ventas minoristas

Los contratistas principales deben cobrarle el impuesto sobre las ventas minoristas al propietario por el precio bruto del contrato (sin deducir los costos incurridos). En las facturas, se debe indicar por separado el impuesto sobre ventas. Si el contrato exige una retención, se debe calcular el impuesto sobre ventas antes de deducir dichos montos.

A los efectos de determinar el impuesto adeudado, el Departamento supone que el precio de venta indicado en cualquier acuerdo entre las partes no incluye el impuesto sobre las ventas minoristas, a menos que dicho impuesto se detalle por separado (Sección 82.08.050 del Código Revisado de Washington [Revised Code of Washington, RCW]). Esta disposición se aplica incluso si el contratista y el comprador entienden y están de acuerdo en que el precio indicado incluye impuestos estatales y locales. La frase “impuestos incluidos” no es suficiente para cumplir con el requisito de indicar por separado el impuesto sobre ventas.


Licitación, contrato, estimación de pago o solicitud de sorteo

Un contrato constituye evidencia por escrito de una venta y se debe indicar el monto del impuesto sobre ventas por separado. Aunque las disposiciones del contrato escrito establezcan que el precio de venta incluye el impuesto sobre ventas, no se cumple con el requisito de indicar por separado dicho impuesto sobre el precio de venta. Además, en las facturas parciales que se realizan sobre el precio total del contrato de un trabajo debe indicarse por separado el impuesto sobre ventas. Si en un contrato se indica el impuesto por separado, pero en las facturas individuales se lo omite, será prueba fehaciente de que se cobró al cliente un monto del impuesto sobre ventas separado e identificable. Si en las facturas individuales se discrimina el impuesto, estas constituyen una prueba del impuesto recaudado.
 

¿El impuesto sobre ventas se indica por separado?

XYZ, Inc. construye viviendas personalizadas en el terreno de Jane Smith. XYZ, Inc. ha determinado que el monto del contrato de construcción es de $162,000 ($150,000 más el 8 % de impuestos). En la siguiente tabla, se indican las distintas formas en que el contratista puede redactar el contrato y se explican las consecuencias fiscales:

Redacción del contrato: ¿El impuesto sobre ventas se indica por separado?
XYZ, Inc. firmó un contrato con Jane Smith donde se establece que el precio de venta es de $162,000 con el “impuesto sobre ventas incluido”. XYZ, Inc. cobró $162,000 en total. No existen otros documentos que justifiquen los montos recibidos.

NO: La frase “impuesto sobre ventas incluido” no cuantifica la tasa ni el monto del impuesto sobre ventas que Jane Smith pagó.

$162,000 x tasa impositiva = impuesto sobre ventas adeudado

$162,000 x 0.08 = $12,960 de impuesto sobre ventas adeudado

Se debe pagar el impuesto sobre B&O por un monto de $162,000.

XYZ, Inc. firmó un contrato donde se establece que el precio total es de $150,000 más $12,000 de impuesto sobre ventas. En las facturas parciales, no se incluye por separado el impuesto sobre ventas

SÍ: El contrato cuantifica la tasa y el monto del impuesto sobre ventas que Jane Smith pagó. Dicha información se indica claramente a Jane Smith y XYZ, Inc.

$150,000 x tasa impositiva = impuesto sobre ventas adeudado

$150,000 x 0.08 = $12,000 de impuesto sobre ventas adeudado

Se debe pagar el impuesto sobre B&O por un monto de $150,000.

XYZ, Inc. firmó un contrato donde se establece que el precio total de $162,000 incluye el impuesto. Sin embargo, en las facturas se indica por separado el impuesto sobre ventas.

SÍ: Las facturas cuantifican la tasa y el monto del impuesto sobre ventas que Jane Smith pagó. Dicha información se indica claramente a Jane Smith y XYZ, Inc.

$150,000 x tasa impositiva = impuesto sobre ventas adeudado

$150,000 x 0.08 = $12,000 de impuesto sobre ventas adeudado

Se debe pagar el impuesto sobre B&O por un monto de $150,000.


Retainage

Debe calcular el impuesto sobre ventas antes de deducir los montos de retención en la factura o el recibo que se entrega al cliente. En la declaración de impuestos sobre el consumo, declare el precio de venta total sin la deducción de la retención en virtud de la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por menor y el impuesto sobre las ventas minoristas. (Los contratistas que declaran los pagos en efectivo también deben hacerlo de esta manera).

Por ejemplo, supongamos que School Builders, Inc. firmó un contrato con City High School para renovar la cafetería por $100,000. School Builders, Inc. facturará según el progreso del trabajo. La tasa del impuesto sobre ventas es del 8 % y la retención es del 5 %. La primera facturación parcial de School Builders se debe realizar de la siguiente manera:


Facturación por partidas presupuestarias

El impuesto sobre las ventas minoristas se debe cobrar sobre el precio total de venta. El precio de venta incluye costos que pueden desglosarse y cobrarse directamente al propietario. Dichos costos no se pueden deducir del monto total del contrato. En la siguiente factura, se ilustra esta situación:


Cobro del impuesto sobre ventas: tasas impositivas locales

Determinación de la tasa local adecuada del impuesto sobre ventas para los servicios de construcción minorista
Los servicios de construcción minorista se brindan en el lugar donde se lleva a cabo la construcción. Por lo tanto, la construcción que se lleva a cabo en Seattle se suministra en Seattle (código de ubicación 1726) y se grava con la suma de la tasa estatal y local del impuesto sobre ventas de la ciudad.

Servicios de construcción prestados en una obra fuera de Washington
No tiene la obligación de cobrar el impuestos sobre ventas de Washington ni de pagar el impuesto sobre B&O cuando la obra se encuentra fuera de Washington.

Pago del impuesto sobre las ventas minoristas

Un contratista es el consumidor de artículos comprados para utilizar en el proceso de construcción y que no se utilizan como componentes de la estructura terminada. Por lo tanto, el impuesto sobre las ventas minoristas debe pagarse a los vendedores de dichos artículos.

Pago del impuesto sobre ventas de bienes entregados en la obra
Los contratistas personalizados que reciben suministros en la obra pagan el impuesto sobre ventas por dichos pedidos según la ubicación. Los contratistas personalizados no suelen pagar el impuesto sobre ventas por materiales de construcción que se incorporan a las mejoras de inmuebles.

 

Permisos de reventa

Las compras de materiales por parte de contratistas personalizados, que formarán parte del proyecto terminado, se consideran compras para reventa (al por mayor). Dichas compras no están sujetas al impuesto sobre las ventas minoristas. Los contratistas personalizados también pueden contratar los servicios de subcontratistas para revenderlos. Para documentar que las compras de materiales y los servicios de subcontratistas se destinan a la reventa, el contratista principal debe otorgar un permiso de reventa válido al proveedor de materiales o subcontratista.

Los permisos de reventa son gratuitos y se otorgan a empresas que realizan compras al por mayor, así como a contratistas calificados. Los permisos permiten a las empresas comprar artículos o servicios para revenderlos sin pagar el impuesto sobre las ventas minoristas.

Los contratistas que realicen compras para la reventa (al por mayor) deben solicitar un permiso de reventa. Las solicitudes están disponibles en línea. Los contratistas completan una solicitud de permiso de reventa por separado en la que se incluye información detallada sobre los materiales y la mano de obra adquiridos.

Todos los permisos de reventa para la industria de la construcción tienen una validez de dos años.

El contratista no debe utilizar el permiso de reventa para comprar artículos que se usan en la realización de la construcción. Entre los ejemplos de dichas compras, se incluyen equipos, alquiler de equipos, combustibles tinturados, herramientas, madera para encofrado o membrana Visqueen que no se incorpora a la estructura, clavos dúplex, cercas temporales de limo para el control de la erosión y otros suministros utilizados durante la construcción. El contratista es el consumidor de estos artículos.

Los contratistas que usen permisos de reventa para adquirir artículos o servicios como consumidores y no paguen el impuesto sobre ventas diferido o el impuesto sobre uso por dichas compras al Departamento deberán pagar una multa por uso indebido del 50 % del impuesto adeudado por el artículo o servicio adquirido de forma inadecuada (Sección 82.32.291 del RCW). Este monto se suma a todos los demás impuestos, multas e intereses adeudados.

Si el contratista otorga un permiso de reventa al vendedor y, luego, utiliza los artículos comprados, o si el vendedor no cobró el impuesto sobre ventas por los artículos, el comprador deberá remitir al Departamento el impuesto sobre ventas diferido o el impuesto sobre uso adeudado.

Conservación de los permisos de reventa: Los contratistas que aceptan permisos de reventa deben conservarlos durante 5 años.

Sección 458-20-102 del Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC)

 

Impuesto sobre uso

Se debe pagar el impuesto sobre uso si no se ha pagado el impuesto sobre ventas por los artículos que el contratista utiliza como consumidor. En general, se debe pagar el impuesto sobre uso (si no se ha pagado el impuesto sobre ventas) por los siguientes artículos: equipos, herramientas, suministros y alquiler de equipos, incluso si el propietario asume el costo de estos artículos. La manera en que el contratista factura para recuperar los gastos por los artículos utilizados como consumidor es intrascendente. Por ejemplo, el impuesto sobre ventas o el impuesto sobre uso se devenga por la compra de una herramienta especializada para realizar un trabajo puntual, aunque el precio de compra lo asuma el cliente como una partida presupuestaria.

Construcción personalizada (continuación)

Construcción personalizada (continuación)

Alquiler de equipos por parte del contratista

Los contratistas a veces alquilan equipos para los proyectos de construcción. En esos casos, el contratista es el consumidor del artículo alquilado y debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas a la empresa de alquiler.

Esto es similar a comprar una herramienta que el contratista debe tener para prestar sus servicios y transferirle el costo al cliente. El impuesto sobre ventas que paga el contratista a la empresa de alquiler es un costo comercial y, si se transfiere al cliente, se considera parte del precio bruto del contrato que está sujeto al impuesto sobre ventas.

En este caso, hay dos transacciones diferentes. La primera transacción es entre el contratista y la empresa de alquiler. El contratista es el consumidor del equipo alquilado y debe pagar el impuesto sobre ventas a la empresa de alquiler. La segunda transacción es entre el contratista y su cliente. El cliente es el consumidor de los servicios de construcción y debe pagar el impuesto sobre ventas al contratista por el precio total del contrato, que incluye los costos del alquiler de equipos, incluso si se transfieren al cliente con un cargo desglosado en la factura/el recibo que se le proporciona.

La tasa del impuesto sobre ventas depende de lo siguiente:

Pago único

Si se efectúa un pago único y el contratista recoge el equipo en la sede de la empresa de alquiler, la tasa del impuesto sobre ventas y el código de ubicación se basan en la sede de la empresa de alquiler.

Si se efectúa un pago único pero el equipo se entrega al contratista en otro lugar, la tasa del impuesto sobre ventas y el código de ubicación se basan en el lugar donde el contratista recibe el equipo.

Si utiliza la facturación por partidas presupuestarias para facturar a sus clientes, consulte nuestro análisis sobre la facturación por partidas presupuestarias.

Pagos periódicos

Si el artículo se alquila o arrienda por un plazo y se realizan pagos periódicos, en el primer pago se utiliza el código de la ubicación donde el contratista recibe el equipo, que suele ser la sede de la empresa de alquiler. En todos los pagos posteriores, se utiliza el código del lugar donde el contratista usa principalmente el equipo.

Alquiler de equipos con servicios de operador frente a servicios de subcontratistas

Alquiler de equipos con servicios de operador

El Departamento asume que proporcionar equipos junto con un operador a un contratista de construcción constituye una venta minorista, a menos que se pueda demostrar que la empresa que proporciona el equipo con un operador es responsable de instalar, conectar o colocar los materiales o equipos de construcción en el terreno o las mejoras.

Ejemplo A

Un contratista principal contrata a una empresa para proporcionar una grúa y un operador de grúa que trabajará bajo la dirección del contratista principal a fin de trasladar materiales y equipos de construcción a varios lugares de la obra. La empresa que proporciona la grúa y el operador de grúa debe cobrarle el impuesto sobre ventas al contratista principal porque esta actividad se considera un alquiler de equipos con un operador (no un servicio de construcción), ya que esa empresa no tiene la responsabilidad de instalar o colocar materiales o equipos en el bien inmueble en construcción. Además, los cargos por este servicio están sujetos a impuestos según la clasificación del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) de venta al por menor. La empresa de grúas no puede aceptar un permiso de reventa del contratista principal.

Servicios del subcontratista

Si la empresa que proporciona el equipo y el operador es responsable por contrato de la construcción completa, como la instalación, conexión o colocación de materiales en terrenos o edificios, debe declarar sus ingresos según la naturaleza de las actividades realizadas (por ejemplo, venta al por mayor, contratación del Gobierno o construcción de vías públicas, según el caso). En el caso de un contrato de construcción personalizada, una empresa que proporciona el equipo y el operador puede aceptar un permiso de reventa del contratista principal y no cobrar el impuesto sobre ventas. En este caso limitado, se declara en virtud de la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por mayor y no se aplica el impuesto sobre ventas.

Sin embargo, cuando la construcción está sujeta al impuesto como contratación del Gobierno o construcción de vías públicas, los cargos por la prestación de los servicios del subcontratista son tributables según la clasificación del impuesto sobre B&O para la contratación del Gobierno o construcción de vías públicas (no venta al por mayor). Los servicios de subcontratistas prestados en territorio indígena para un contratista principal están sujetos al impuesto sobre B&O según la clasificación de venta al por mayor. El subcontratista no cumple los requisitos de la exención de construcción en territorio indígena, a menos que sea una contratación directa con la tribu o un miembro de la tribu.

Ejemplo B

Un contratista principal contrata a un operador de grúa para instalar el sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado (Heating, Ventilation and Air Conditioning, HVAC) en la azotea de un edificio comercial y debe atornillarlo a la estructura superior del techo. En este caso, la empresa que proporciona el equipo y el operador está sujeta al impuesto como subcontratista y puede aceptar un permiso de reventa del contratista principal y declarar en virtud de la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por mayor (no se aplicará el impuesto sobre ventas).

Trabajar directamente para el propietario

Las tarifas por proporcionar equipos con un operador a un propietario (por ejemplo, un constructor especulativo) están sujetas al impuesto como una venta minorista, independientemente de si dichos servicios se consideran alquiler de equipos con servicios de operador o “servicios de subcontratista”.

Para obtener más información, consulte la guía fiscal para territorio indígena.

Servicios de bombeo de hormigón

El Departamento ha publicado una declaración de orientación provisional sobre el tratamiento fiscal de los servicios de bombeo de hormigón.

Servicios prestados en relación con la construcción

Los servicios prestados en relación con la construcción son aquellos servicios que están directamente relacionados con la construcción, la edificación, la reparación, las mejoras o la decoración de edificios u otras estructuras y los proporciona una persona responsable de la realización de las actividades de construcción, edificación, reparación, remodelación o decoración.

El responsable de la ejecución es la persona que está a cargo de la construcción completa, independientemente de quién realice realmente la construcción. Una persona que solo revisa el trabajo relacionado con la construcción pero que no supervisa ni dirige el trabajo no está brindando “servicios prestados en relación con la construcción”.

En un contrato para prestar servicios profesionales (como ingeniería, arquitectura, topografía, etc.), no se los considerará “servicios prestados en relación con la construcción” si un contrato de construcción posterior se adjudica por separado a la misma persona. Los contratos se considerarán adjudicados por separado si, en el momento que se adjudica el contrato de servicios profesionales, las partes no contemplaron que una misma persona sería “responsable de la realización” de la construcción.

Cuando en un mismo contrato se exigen tanto servicios profesionales como “servicios prestados en relación con la construcción”, el precio total del contrato está sujeto a impuestos de acuerdo con la actividad predominante realizada en virtud del contrato.

Servicios de gestión y desarrollo del terreno

“La gestión y el desarrollo del terreno” se excluyen de los “servicios prestados en relación con” las actividades de construcción si los proporciona una persona que no sea también responsable de las actividades de construcción.

Antes del 11 de junio de 2020, estas actividades estaban incluidas en la definición de “servicios prestados en relación con la construcción”. 

La expresión “gestión o desarrollo del terreno” se define en la Sección 82.04.051 del Código Revisado de Washington (Revised Code of Washington, RCW), como:

… identificación del sitio, zonificación, permisos y otros servicios reglamentarios previos a la construcción proporcionados al consumidor de los servicios de construcción, edificación, reparación, mejoras o decoración. Esto incluye, entre otros, actuar como representante del propietario durante cualquier período de diseño o construcción, incluida la recomendación de un contratista, el seguimiento del presupuesto y el cronograma, la aprobación de facturas y la interacción en nombre del consumidor con la persona que dirige el trabajo o el responsable de la realización del trabajo.

Los servicios de gestión y desarrollo del terreno están excluidos de la definición de “servicios prestados en relación con” las actividades de construcción, siempre que los servicios de gestión o desarrollo del terreno sean proporcionados por una persona que:

  • No es responsable de las actividades de construcción, edificación, reparación, mejoras o decoración.
  • O bien, es responsable de las actividades de construcción, edificación, reparación, mejoras o decoración, pero se cumplen todas las condiciones que se indican a continuación:
    • Existen contratos separados para estas actividades y los servicios de gestión o desarrollo del terreno.
    • El contrato inicial era por los servicios de gestión o desarrollo del terreno..
    • La persona puede demostrar que, al momento del primer contrato, no estaba contemplado por las partes que se adjudicarían ambos contratos a la misma persona.

Si se cumple alguna de las condiciones anteriores en su totalidad, los cargos por los servicios de gestión y desarrollo del terreno están sujetos a la clasificación del impuesto sobre B&O de servicios y otras actividades, y no se debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas. Para obtener más información, consulte nuestro Aviso especial sobre los servicios de gestión y desarrollo del terreno.

Gestión de la construcción

Los servicios de gestión de la construcción brindados a un consumidor se consideran servicios prestados en relación con la construcción y los ingresos están sujetos al impuesto sobre B&O de venta al por menor y al impuesto sobre las ventas minoristas. Esto incluye los trabajos de gestión en los que la gestión es, en esencia, la contratación principal. La mención en los contratos de que el “encargado” no es responsable del pago a los subcontratistas o de la facturación de materiales, o que no tiene la decisión final sobre los proveedores de estos artículos, no impide que la actividad se considere como servicios relacionados con la construcción.


Actividades de construcción y partes relacionadas

La estructura fiscal de Washington impone un impuesto sobre las transacciones. Siempre que se produce una transacción (compra, venta) entre dos o más personas (entidades), por lo general, se aplica el impuesto. A efectos fiscales, las personas físicas y las entidades organizadas por separado (como sociedades, corporaciones, empresas conjuntas, etc.) son personas diferentes. Por ejemplo, un directivo de una empresa es una persona distinta de la corporación, aunque posea todas las acciones corporativas. Las transacciones entre entidades relacionadas se tratan de la misma manera que las transacciones entre entidades no relacionadas. Las personas que realizan construcciones personalizadas en terrenos que pertenecen a entidades relacionadas son contratistas principales personalizados y deben cobrar el impuesto sobre ventas en sus cargos.

Cuando no se indica el precio del contrato, no hay facturas que respalden el precio del contrato o en los recibos no se indican ingresos imponibles, el monto imponible es el monto total de los costos de construcción, incluidos los cargos por licencias, tarifas, permisos, etc., necesarios para la construcción y pagados por el contratista.


Dispositivos de combustión de combustibles sólidos

Los contratistas principales personalizados deben cobrar y remitir la tarifa por dispositivos de combustión de combustibles sólidos, $30 por dispositivo, de los consumidores por todos los dispositivos instalados en las mejoras de la construcción. Por dispositivo de combustión de combustibles sólidos se entiende cualquier dispositivo para quemar madera, carbón o cualquier otro combustible no gaseoso ni líquido, incluidas las estufas de leña y las chimeneas.


Otros ingresos

Los ingresos percibidos en virtud de los reembolsos para viviendas energéticamente eficientes o los salarios subvencionados por los sindicatos están sujetos a impuestos según la clasificación del impuesto sobre B&O de servicios y otras actividades.


Deducciones

A continuación, se indican algunas deducciones aplicables a las actividades de construcción personalizada. Algunas deducciones se aplican tanto al impuesto sobre B&O como al impuesto sobre las ventas minoristas. Sin embargo, muchas deducciones solo se aplican a un impuesto o al otro.

Impuesto sobre ventas pagado por materiales: Se permite una deducción en el impuesto sobre las ventas minoristas por el precio de compra de los materiales incorporados a la estructura si se pagó el impuesto sobre ventas. Por ejemplo, si los materiales que cuestan $500 más $40 de impuesto sobre ventas se incorporan a un trabajo de contratación principal personalizada, se permite una deducción de $500 del impuesto sobre las ventas minoristas en la partida de deducción “Monto imponible por el impuesto pagado en el lugar de origen”.

Construcción realizada fuera de este estado: Ni el impuesto sobre B&O ni el impuesto sobre las ventas minoristas se aplican a los ingresos obtenidos en actividades de construcción realizadas fuera de Washington.

Instalación de maquinaria y equipos de fabricación/investigación y desarrollo: Los cargos por la instalación de maquinaria y equipos para los fabricantes en un centro de fabricación están exentos del impuesto sobre las ventas minoristas. Además, el costo de la maquinaria y los equipos también está exento. El fabricante debe presentar un certificado de exención del impuesto sobre ventas y uso del fabricante (PDF) (Sección 82.08.02565 del RCW).

Aplazamiento del impuesto sobre ventas y uso en los condados con alto nivel de desempleo: El Programa de Aplazamiento/Exención para Condados con Alto Nivel de Desempleo (High Unemployment County Deferral/Exemption Program) otorga una exención del impuesto sobre ventas/uso en la construcción previamente aprobada de instalaciones utilizadas para la fabricación, la investigación y el desarrollo o las pruebas comerciales para fabricantes, y la instalación de maquinaria y equipos pertinentes. La instalación debe estar ubicada en un condado elegible o en una zona de empoderamiento comunitario (Community Empowerment Zone, CEZ). El contratista no está obligado a cobrar el impuesto sobre ventas por dichos cargos si el cliente presenta un certificado de aplazamiento del Departamento. Para obtener más información, consulte nuestro Aviso especial: Programa de Aplazamiento del Impuesto sobre Ventas y Uso en Condados con Alto Nivel de Desempleo (PDF).

Construcción en reservas indígenas: Consulte la sección Servicios de construcción prestados en territorio indígena por personas no inscritas.

Viviendas para trabajadores agrícolas: La construcción de viviendas para trabajadores agrícolas elegibles está exenta del impuesto sobre las ventas minoristas cuando se realiza para empleadores agrícolas, autoridades de vivienda, agencias gubernamentales federales, estatales y locales, organizaciones comunitarias o vecinales sin fines de lucro que están exentas del impuesto sobre ingresos según la sección 501(c) del Código de Rentas Internas de 1986 y proveedores de viviendas para trabajadores agrícolas con fines de lucro. El proveedor de viviendas para trabajadores agrícolas debe obtener un certificado de agricultor para las compras al por mayor y las exenciones del impuesto sobre ventas.

Viviendas alternativas para jóvenes en crisis: El impuesto sobre ventas no se aplica a los materiales (únicamente) utilizados en la construcción realizada para organizaciones de salud y bienestar o viviendas alternativas para jóvenes en crisis. El contratista debe separar los materiales de todos los demás cargos. Todos los demás costos y cargos, como la mano de obra, están sujetos al impuesto sobre ventas.


    Otros tipos de contratación principal

    Técnicamente, los contratistas del Gobierno federal, los contratistas de vías públicas y los contratistas de vías en zonas de explotación forestal también pueden ser contratistas principales; sin embargo, la tributación de esas actividades en particular es diferente de la de los trabajos de contratación principal personalizada. En consecuencia, esas actividades se analizan por separado en otras secciones de esta guía.


    Subcontratación

    Generalmente, un subcontratista personalizado es aquel contratado por un contratista principal para prestar una parte de los servicios de construcción necesarios para realizar mejoras en inmuebles que son propiedad de un tercero. No es necesario cobrar el impuesto sobre ventas por los cargos del subcontratista si este obtiene un permiso de reventa del contratista principal. Los ingresos procedentes de los trabajos de subcontratación personalizados se declaran en la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por mayor. (El contratista principal cobrará el impuesto sobre ventas al propietario por el precio total del contrato, que incluye todos los cargos de los subcontratistas).

    Actividades de subcontratación Generalmente, los subcontratistas realizan las siguientes actividades: construcción de techo, electricidad, plomería, pavimentación de hormigón, pavimentación de asfalto, calefacción/ventilación/aire acondicionado, excavación/movimiento de tierras, ventanas, alfombras, iluminación, decoración de interiores, paneles de yeso, yeso, embaldosado, cercas, trabajos de acabado y paisajismo.

    Construcción especulativa

    Construcción especulativa

    Los constructores especulativos construyen edificios residenciales o comerciales para la venta o alquiler en terrenos que son de su propiedad. La construcción especulativa incluye la actividad comúnmente conocida como “remodelación de viviendas”, por ejemplo, comprar una estructura y renovarla con la intención de revenderla (o “remodelarla”) para obtener ganancias. La construcción especulativa también incluye la renovación de viviendas comerciales, residenciales o multifamiliares que estarán disponibles para alquiler a corto o largo plazo, así como las propiedades que estarán disponibles para alquiler en un mercado por Internet.

    Los constructores especulativos, incluidos los que se dedican a remodelar viviendas, están sujetos al impuesto sobre el consumo de inmuebles por el precio de venta del terreno junto con todos los anexos, incluidos edificios, calles y otras estructuras. La venta de inmuebles no está sujeta al impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) ni al impuesto sobre las ventas minoristas.

    Si el bien inmueble se alquila o arrienda a largo plazo (30 días continuos o más), los ingresos por alquiler no están sujetos al impuesto sobre B&O. Consulte la Sección 458-20-118 del Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC). Sin embargo, si el bien inmueble se alquila a corto plazo (menos de 30 días), los ingresos por alquiler están sujetos al impuesto sobre las ventas minoristas, el impuesto sobre B&O de venta al por menor y cualquier impuesto aplicable por alojamiento. Consulte la información sobre alquiler de viviendas particulares en nuestra guía Alojamiento.

    Un constructor especulativo es el consumidor de todo el material incorporado al inmueble. Un constructor especulativo no puede utilizar un permiso de reventa para comprar materiales que se usarán en la construcción especulativa. Cualquier contratista de construcción contratado por un constructor especulativo es un contratista principal personalizado a efectos fiscales y no un subcontratista. Por lo tanto, todo contratista que preste servicios de construcción a un constructor especulativo debe cobrar el impuesto sobre ventas por el precio total del contrato.

    Pago del impuesto sobre ventas de bienes entregados en la obra
    Los desarrolladores especulativos que reciben materiales y suministros en la obra pagan el impuesto sobre ventas en función del lugar de la obra donde se entregan. 

     

    Propiedad del terreno

    Como se explicó anteriormente, las definiciones de construcción personalizada y especulativa, y las consecuencias fiscales resultantes se basan en quién es el propietario del terreno. Construir en un terreno que es propiedad de otra persona es una construcción principal (a menos que se defina específicamente lo contrario) y construir en un terreno propio es una construcción especulativa. Por lo tanto, se debe establecer la propiedad del terreno para determinar la correcta aplicación del impuesto al trabajo de construcción realizado.

    Por lo general, el propietario del bien inmueble es el titular del título registrado. Sin embargo, es posible que una persona tenga el título de un bien inmueble que no es de su propiedad. Por lo tanto, los atributos de propiedad, que no sean del mero título de propiedad, pueden determinar la aplicación del impuesto.

    En la Sección 458-20-170 del WAC, se establecen cuatro criterios que se pueden usar para determinar quién tiene los atributos de la propiedad del inmueble (también se pueden usar otros criterios). Dichos criterios son los siguientes:

    1. Las intenciones de las partes de la transacción en virtud de la cual se adquirió el terreno.
    2. La persona que pagó por el terreno.
    3. La persona que pagó las mejoras del terreno.
    4. La manera en que todas las partes, incluidos los financieros, se manejaron en relación con el terreno.

    Los atributos de propiedad establecen quién tiene los derechos y las responsabilidades de un propietario; es decir, quién tiene los derechos de propiedad y las responsabilidades en la medida en que un tribunal llamaría a esa persona el dueño del bien inmueble, a pesar de que otra persona puede tener la mera titularidad de la propiedad. El hecho de tener documentación que, por sí misma, califica a una parte de la transacción como propietario no anula los otros atributos de propiedad si esos atributos son de otra persona.

    Por ejemplo:

    Parte A: Vendedor/propietario original

    Parte B: Contratista/representante

    Parte C: Cliente/comprador

    La Parte A desea vender su terreno. La Parte C desea comprar el terreno de la Parte A y pedirle a la Parte B que construya una vivienda allí. A efectos del financiamiento, el título se transfiere primero a la Parte B como representante de la Parte C. En esta instancia, la Parte B aparecerá como “Cesionario y representante” en el título. Luego, la Parte B construye la vivienda. A continuación, la Parte B transfiere el título a la Parte C.

    Aunque la Parte B figura como titular durante la construcción de la vivienda, no tiene los atributos de propiedad. Por lo tanto, la Parte B no es un constructor especulativo de la vivienda, sino un contratista principal personalizado de la Parte C.

       

      Ciertas transferencias de títulos no se tendrán en cuenta

      Cuando el propietario de un inmueble le vende a un constructor que mejora la propiedad y, luego, revende la propiedad mejorada al propietario original, el constructor no está sujeto a impuestos como constructor especulativo. Todas las actividades se tributan como construcción principal personalizada.

      Acuerdos de preventa

      Por otra parte, un posible comprador no será el propietario de un terreno simplemente por firmar un contrato de compra y venta o un acuerdo de preventa con el contratista (incluso si se paga un monto sustancial de dinero). En este caso, no habrá transferencia de derechos de propiedad y responsabilidades hasta que se haya producido el cierre.

       

      Venta de una vivienda especulativa durante el curso de la construcción

      Cuando un constructor especulativo vende o contrata para vender una propiedad en la cual hay un edificio en construcción, toda la construcción terminada después de la fecha de dicha venta o contrato constituye una contratación principal personalizada.

      La “venta minorista” no tendrá lugar hasta que los compradores tengan el “derecho de posesión” sobre el bien inmueble en construcción. Normalmente, el derecho de posesión se transfiere en la fecha de cierre de la transferencia de la propiedad. Por lo tanto, la construcción comercial en lo que originalmente era una casa especulativa no se produce hasta después del cierre.

      Empresas conjuntas

      La constitución de una empresa conjunta es una forma habitual de lograr el desarrollo de inmuebles. En muchos casos, los integrantes de la empresa conjunta incluyen una persona que posee una propiedad (propietario) y un contratista general (contratista). La constitución de una empresa conjunta supone la creación de una tercera entidad. Cuando la construcción tiene lugar en la propiedad, la consecuencia fiscal se determina según las respuestas a las siguientes preguntas:

      1. ¿Qué entidad es propietaria del terreno? ¿Un miembro o una entidad de la empresa conjunta es el propietario del terreno?
      2. ¿Qué entidad presta los servicios de construcción? ¿Un miembro presta los servicios de construcción como una entidad independiente (contratista principal de la empresa conjunta o propietario) o la empresa conjunta presta los servicios de construcción por sí misma (el contratista presta el servicio como miembro de la empresa conjunta)? Las respuestas a estas preguntas determinarán las responsabilidades fiscales de la entidad de la empresa conjunta y de los miembros específicos.

      Si a los servicios de construcción los presta un miembro como una entidad independiente en un terreno que pertenece a una de las otras entidades (la entidad de la empresa conjunta o el propietario), los servicios de construcción están sujetos a impuestos como contratación principal personalizada. El contratista debe cobrarle al propietario el impuesto sobre las ventas minoristas por el precio total del contrato (mano de obra y materiales). Esto es así incluso si el contratista es miembro de la empresa conjunta.

      Cuando una empresa conjunta es propietaria del terreno y el contratista presta servicios de construcción como miembro de la empresa conjunta (en lugar de una entidad independiente), la empresa conjunta es un constructor especulativo. En este caso, el trabajo realizado por el contratista es una contribución al capital de la empresa conjunta. La entidad de la empresa conjunta debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por los materiales comprados o producidos para su incorporación al inmueble.

      Para ser considerado un constructor especulativo, una entidad de la empresa conjunta debe existir realmente y esta debe ser propietaria del terreno y realizar la construcción por sí misma.

      La propiedad del terreno se establece según los atributos de propiedad antes mencionados. Los siguientes factores son importantes para determinar si una empresa conjunta u otras partes involucradas en la construcción realizan las actividades de construcción:

      1. ¿La empresa conjunta se constituyó específicamente para realizar el trabajo del contrato?
      2. ¿La constitución de la empresa conjunta comenzó antes de la construcción?
      3. ¿La empresa conjunta realmente realizó el trabajo de construcción (en lugar de una entidad independiente)?
      4. ¿Los fondos se manejaron como fondos de la empresa conjunta en lugar de fondos independientes de cualquiera de las partes del acuerdo de empresa conjunta?
      5. ¿Hubo alguna contribución de dinero, propiedad o mano de obra para que todos los miembros compartan proporcionalmente cualquier ganancia o pérdida en que incurra la empresa conjunta?

      Cuando a un miembro se le garantiza un monto fijo como compensación por los servicios de construcción, independientemente de cualquier derecho a beneficios o ganancias, dicho monto está sujeto a impuestos como contratación principal personalizada.

       

      Construcción de vías en proyectos especulativos

      Por lo general, la construcción de vías en propiedad privada por parte de un contratista principal es una venta minorista sujeta al impuesto sobre las ventas minoristas por el precio total del contrato (mano de obra y materiales). Sin embargo, cuando la vía se cede a una ciudad o un condado, la construcción está sujeta a impuestos como construcción de una vía pública. En este caso, los cargos del contratista vial al constructor especulativo no están sujetos al impuesto sobre las ventas minoristas. Un contratista vial es el consumidor de todos los materiales que incorpora a las vías. Esto significa que el contratista vial debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por dichos materiales. Esto incluye los materiales proporcionados por el constructor especulativo. . Sin embargo, si el constructor especulativo (propietario) ha pagado el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por los materiales, el contratista vial no debe volver a pagar el impuesto.

      El constructor especulativo sigue siendo un consumidor con respecto a todos los materiales comprados o producidos para incorporarlos a la vía. Por lo tanto, el constructor especulativo debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por los materiales proporcionados al contratista vial. En este caso, ambos contratistas son consumidores con la obligación de pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por los materiales. Sin embargo, el valor de los materiales solo está sujeto al impuesto una vez. Por lo tanto, cuando un contratista ha pagado el impuesto, la responsabilidad fiscal se ha cumplido con respecto a esos materiales.

      Si la vía no se entrega definitivamente al organismo público dentro de un período razonable tras la finalización de las obras, el constructor especulativo deberá pagar el impuesto sobre uso por los cargos del contratista vial. Un período razonable, por lo general, se limita a un año o menos.

      Contratación del Gobierno

      Contratación del Gobierno

      Los contratistas del Gobierno, ya sean contratistas principales o subcontratistas, realizan actividades de construcción, instalación o mejoras en los bienes inmuebles de o para Estados Unidos, sus organismos o una autoridad de vivienda de un condado o una ciudad. Esta categoría no se aplica a la construcción de vías federales (consulte la sección de construcción de vías públicas). Las actividades incluyen, entre otras, las siguientes:

      • Construcción, reparación, decoración y mejora de edificios u otras estructuras nuevos o existentes.
      • Instalación y colocación de bienes personales tangibles en edificios u otras estructuras nuevos o existentes.
      • Limpieza de terrenos.
      • Limpieza de terrenos.

      Los ingresos brutos procedentes de estas actividades de construcción están sujetos al impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) por la contratación del Gobierno. Las actividades de construcción que se llevan a cabo para mejorar bienes inmuebles de o para Estados Unidos no se consideran ventas minoristas. De acuerdo con la Constitución federal, queda prohibido imponer directamente un impuesto al Gobierno federal. En consecuencia, el contratista del Gobierno no cobra el impuesto sobre ventas por los costos de este trabajo.

      Las actividades como la simple venta de bienes personales tangibles o la prestación de servicios profesionales al Gobierno federal no se incluyen en esta clasificación.

      Contratista del Gobierno como consumidor

      Un contratista del Gobierno es el consumidor de los bienes incorporados, instalados o colocados en la obra de construcción federal. El contratista (principal o subcontratista) debe pagar el impuesto sobre ventas o uso por todos los materiales que se conviertan en una parte física del proyecto. Esto incluye los artículos fabricados o extraídos por el contratista, y también los bienes proporcionados por el Gobierno federal.

      Un contratista del Gobierno también es un consumidor de maquinaria y equipos proporcionados por el Gobierno. Se debe pagar el impuesto sobre uso por el valor razonable del alquiler de los equipos proporcionados.

      Los cargos que los subcontratistas cobran a los contratistas principales en obras de contratación del Gobierno no están sujetos al impuesto sobre ventas.

      Construcción de vías públicas

      Construcción de vías públicas

      La construcción de vías públicas consiste en la construcción de vías, calles, aceras, etc., que son propiedad de ciudades, condados o subdivisiones políticas del estado o de Estados Unidos y que se usan, principalmente, para el tráfico peatonal o vehicular. Tanto los contratistas principales como los subcontratistas que participan en estas actividades están sujetos al impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) por construcción de vías públicas. Los contratistas de vías públicas no deben cobrar el impuesto sobre las ventas minoristas.

      La construcción de vías que sean propiedad del estado de Washington, privadas o de una tribu en sus reservas indígenas no se considera una construcción de vías públicas. Estas actividades están sujetas a impuestos como contratación personalizada. Existe una exención del impuesto sobre las ventas minoristas para construcciones en territorios que son propiedad de las tribus en sus reservas indígenas.
       

      Actividades de construcción de vías públicas

      Los términos “construcción, reparación o mejora de calles, lugares, vías públicas, etc.” incluyen todo lo siguiente:

      • Despeje, nivelación, instalación de grava, engrasado, pavimentación y limpieza de estos lugares.
      • Construcción de túneles, barandillas, cercas, senderos e instalaciones para drenaje.
      • Plantación de árboles, arbustos y flores en estos lugares.
      • Colocación de señales de tráfico y viales.
      • Colocación de señales de tráfico y viales.
      • Pintura de puentes y pasarelas.
      • Construcción de sistemas de iluminación para vías y calles, incluso si partes de estos sistemas también se usan para otros fines que no sean la iluminación de las calles.
      • Construcción de sistemas de drenaje en las vías, incluso si estos sistemas también se usan para transportar aguas residuales (desagües).
      • Extracción, clasificación, trituración, revisión, limpieza y transporte de arena, grava y rocas provenientes de una pedrera o una cantera pública.
      • Construcción de determinados edificios de transporte público para las autoridades correspondientes.

      Los términos “construcción, reparación o mejora de calles, lugares, vías públicas, etc.” no incluyen lo siguiente:

      • Construcción de redes hídricas, conductos o líneas telefónicas, telegráficas, eléctricas u otros tipos en las calles o vías, o sobre ellas, a menos que estas líneas formen parte de la calle o del sistema de iluminación vial.
      • Construcción de instalaciones de tratamiento de aguas residuales (alcantarillado sanitario).
      • Instalación de tuberías de alcantarillado para saneamiento, a menos que formen parte de un sistema de drenaje de calles o vías.
      • Construcción, reparación o mejora de estacionamientos (a menos que formen parte de una instalación de transporte público).


      Vías a disposición de una ciudad o un condado

      Asimismo, la construcción de calles o vías a disposición de una ciudad o un condado se considera una construcción de vías públicas. Si la vía no está a disposición del organismo público en un tiempo razonable tras la finalización de las obras, se aplicará el impuesto sobre las ventas minoristas.

      El contratista o desarrollador principal pueden proporcionar una carta al subcontratista donde certifiquen que las vías estarán a disposición de la ciudad/el condado al final de la construcción. La carta debe estar firmada por el contratista/desarrollador o su representante designado. En este caso, el subcontratista sabe que la construcción de la vía requiere que presente una oferta, con el impuesto sobre uso incluido en sus consideraciones de costos. Alternativamente, el contratista/desarrollador puede entregarle al subcontratista una copia de la carta de aceptación de la ciudad con respecto a estas vías. Ambos métodos son pruebas aceptables de una construcción de vías públicas, en lugar de una construcción personalizada.

      Contratista de vías públicas como consumidor

      Los contratistas de vías públicas (tanto el principal como el subcontratista) son consumidores de los materiales que incorporan como elementos o componentes de una vía. Los contratistas de vías públicas deben pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por todos los materiales que coloquen en las vías o sobre estas, así como por las compras de equipos y suministros. Esto se aplica a los materiales, ya sea que se compren, los donen otras personas o los fabrique/extraiga el contratista.


      Fabricación o extracción de materiales por parte del contratista

      Plantas de asfalto fuera del sitio: La producción de asfalto fuera del sitio de construcción de carreteras es una actividad de fabricación. El valor del material producido está sujeto al impuesto comercial y de ocupación (Business & occupation, B&O) de fabricación y al impuesto de uso. Para los periodos anteriores al 1.º de agosto de 2023, el valor se basa en el valor justo en el mercado de los materiales según lo dispuesto en el Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC) 458-20-112. En ausencia de ventas comparables de productos similares como guía de valor, este se determina sumando todos los costos incurridos para producir el asfalto, incluida la mano de obra y los gastos generales.

      Método: La determinación de las ventas comparables requiere una evaluación de los siguientes factores:

      1. Ventas en sitios comparables en este estado.
      2. Productos similares de calidad y carácter semejantes.
      3. En cantidades similares.
      4. En condiciones de venta comparables.
      5. Para compradores comparables.

      A partir del 1.º de agosto de 2023, el valor del asfalto o de los agregados es igual a la suma de todos los costos directos e indirectos atribuibles al asfalto o a los agregados usados, más un ajuste del mercado de la construcción de carreteras públicas del 5 % de dichos costos.

      Para obtener más información, consulte nuestro Aviso Especial: Valuing asphalt and aggregates used in public road construction (en inglés).

      Rocas: La extracción de rocas, ya sea de una pedrera propiedad del constructor de la vía o de pedreras alquiladas o propiedad de la autoridad pública, se considera una actividad de extracción. El valor de la roca está sujeto al impuesto sobre B&O por extracción. Si el contratista también se encarga de colocar los materiales en las vías, el valor de la roca está sujeto al impuesto sobre uso. El valor se basa en el valor justo de mercado de los materiales, según se estipula en la Sección 458-20-112 del Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC). A falta de ventas de productos similares como guía para calcular el valor, este se determina por el costo total atribuible a las rocas extraídas y procesadas, incluida la materia prima, los costos de extracción y procesamiento, los gastos generales y cualquier costo de transporte entre el lugar de extracción y el de procesamiento.

      Plantas en la obra: La producción de asfalto en la obra de una construcción de vías públicas en virtud de la ejecución de un contrato de construcción de vías, no se considera una actividad de fabricación. El impuesto sobre ventas o el impuesto sobre uso se deben pagar sobre el valor de la materia prima utilizada para producir el asfalto.

      Plantas en la obra: La producción de asfalto en la obra de una construcción de vías públicas en virtud de la ejecución de un contrato de construcción de vías, no se considera una actividad de fabricación. El impuesto sobre ventas o el impuesto sobre uso se deben pagar sobre el valor de la materia prima utilizada para producir el asfalto.

      • El condado o la ciudad usan sus propios empleados para almacenar los materiales en dichas pedreras o canteras para su colocación en las calles, vías o autopistas.
      • El condado o la ciudad usan sus propios empleados para colocar los materiales en las calles, vías o autopistas.
      • El condado o la ciudad venden los materiales a un precio real a otros condados u otras ciudades para su uso en las vías.

      En este caso, debido a que el procesador de las rocas no se encarga de colocar los materiales en las vías, no se debe pagar el impuesto sobre uso.

      Proveedores de materiales

      Una empresa que simplemente vende materiales (que no los coloca ni los extiende) sin realizar una actividad de construcción de vías públicas no está en la industria de construcción de este tipo de vías. Estas empresas deben cobrarle el impuesto sobre las ventas minoristas por los costos totales de los materiales (incluidos los costos de envío) al contratista que los compra.

      División de la actividad del contrato

      La construcción de vías públicas incluye actividades de construcción, reparación y mejora de cualquier calle, lugar, vía, etc., que sean propiedad de una corporación municipal o una subdivisión política del estado o de Estados Unidos. Las obras viales que se realizan en una propiedad estatal o de un particular no se consideran obras públicas. La definición se basa en quién es el propietario de las vías, no en quién paga por las obras viales. Por lo tanto, un contrato vial con el estado que incluya mejoras en un tramo de una vía que es propiedad de Estados Unidos es una construcción vial en parte minorista y en parte pública. En este caso, solo una parte de la construcción total está sujeta a impuestos por construcción de vías públicas. El resto está sujeto a impuestos por construcción personalizada.

      Construcción de vías en zonas de explotación forestal

      Construcción de vías en zonas de explotación forestal

      La construcción de vías en zonas de explotación forestal consiste en la construcción de vías directamente relacionadas con una operación de tala de madera. Estas actividades incluyen el mantenimiento de las vías, así como la construcción original de estas. El precio bruto del contrato está sujeto a impuestos en virtud de la clasificación del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) por extracción propia o por contrato. Además, el contratista debe pagar el impuesto sobre B&O por extracción propia o por contrato y el impuesto sobre uso por el valor de los materiales extraídos para el trabajo. La construcción de vías privadas en cualquier otro contexto es una venta al por menor.

      Los contratistas de vías en zonas de explotación forestal son los consumidores de cualquier material que incorporan a las vías. El contratista debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por el valor de los materiales. Si el contratista no ha comprado los materiales, debe pagar el impuesto sobre uso según el valor de los materiales. Por ejemplo, las rocas incluyen escollera, grava no fabricada, rocas trituradas y otros productos provenientes de la roca que se usan en la construcción de vías en zonas de explotación forestal. El valor se basa en el valor justo de mercado de los materiales, según se estipula en la Sección 458-20-112 del Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC). A falta de ventas de productos similares como guía para calcular el valor, este se determina por el costo total atribuible a las rocas extraídas y procesadas, incluida la materia prima, los costos de extracción y procesamiento, los gastos generales y cualquier costo de transporte entre el lugar de extracción y el de procesamiento.

      Limpieza de lugares contaminados/medidas correctivas medioambientales

      Limpieza de lugares contaminados/medidas correctivas medioambientales

      La limpieza de lugares contaminados y otras medidas correctivas medioambientales están sujetas a impuestos en función de la actividad específica realizada. A continuación, se analiza el tratamiento fiscal de determinadas actividades.


      Actividades de servicios

      Las siguientes actividades, que pueden realizarse en relación con la limpieza de un lugar contaminado, son actividades de servicios:

      • Supervisión
      • Tratamiento de aguas subterráneas.
      • Eliminación de residuos.
      • Pruebas.
      • Topografía.
      • Servicios de ingeniería y diseño.
      • Consultoría.
      • Servicios de planificación.
      • Otras actividades que no se definen en el Capítulo 82.04 del Código Revisado de Washington (Revised Code of Washington, RCW).

      Si realiza estas actividades, está sujeto al impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) en virtud de la clasificación de servicios y otras actividades. Los proveedores de servicios deben pagar el impuesto sobre ventas o el impuesto sobre uso por todos los materiales utilizados en la prestación de dichos servicios.


      Actividades minoristas

      Las mejoras de bienes inmuebles constituyen una actividad minorista si se realizan para un consumidor, a menos que la ley disponga lo contrario (por ejemplo, las mejoras de edificios para el Gobierno federal no constituyen una actividad minorista). Entre las actividades minoristas, se incluyen las siguientes:

      • Reparación, mejora o limpieza de un edificio o una estructura existente.
      • Demolición de un edificio o una estructura existente.
      • Extracción de tanques subterráneos.
      • Instalación de una cubierta sobre suelo contaminado.
      • “Limpieza” de suelos contaminados cuando se realiza junto con la demolición o construcción de un edificio o una estructura, como una tintorería o una gasolinera (consulte la sección Contratos combinados: Servicios prestados en relación con la construcción más adelante).

      Si presta estos servicios, está sujeto al impuesto sobre B&O de venta al por menor y debe cobrarle el impuesto sobre ventas al consumidor. Los subcontratistas que realicen estas actividades y que reciban un permiso de reventa completo de parte de un contratista están sujetos al impuesto sobre B&O de venta al por mayor (no se debe cobrar el impuesto sobre ventas).


      Actividades de transporte

      Las actividades de transporte por contrato, por ejemplo, trasladar materiales contaminados del punto A al punto B, están sujetas a la clasificación de transporte automotor o urbano del impuesto sobre los servicios públicos. Las actividades de transporte por contrato incluyen la carga y descarga de materiales, pero no incluyen el transporte con fines de desecho.


      Limpieza de terrenos baldíos o aguas

      La limpieza de aguas o terrenos no mejorados, como en el caso de un derrame de petróleo en una playa sin desarrollar, recibe un tratamiento fiscal específico. Los ingresos brutos provenientes de este tipo de limpiezas están sujetos a la clasificación del impuesto sobre B&O de servicios y otras actividades. Las actividades pueden incluir lo siguiente:

      • Quitar el petróleo del agua.
      • Usar materiales absorbentes para quitar el petróleo del terreno o el agua.
      • Bombear agua con aceite desde un recipiente y desechar las aguas residuales.
      • Limpiar aves o mamíferos contaminados.
      • Limpiar el terreno con alta presión.
      • Limpiar suelos contaminados.


      Contratos combinados: Servicios prestados en relación con la construcción

      Los contratos que incluyen una combinación de servicios están sujetos a impuestos en función de la actividad principal del contrato. Por ejemplo, si es responsable de la demolición de una gasolinera, la extracción de los tanques subterráneos y la limpieza del suelo contaminado, todos los ingresos asociados con estas actividades estarán sujetos al mismo tratamiento fiscal que la demolición y la extracción, es decir, una actividad minorista.

      Servicios de construcción prestados en territorio indígena por personas no inscritas

      Servicios de construcción prestados en territorio indígena por personas no inscritas

      Esta sección se aplica a los contratistas principales que trabajan directamente para una tribu o un miembro de la tribu/ciudadano inscrito en su territorio indígena.

      La forma en que la ley aplica los impuestos en estos casos es muy distinta a la de la mayoría de los demás contratos de construcción (Sección 458-20-192 del Código Administrativo de Washington [Washington Administrative Code, WAC]).

      Impuesto sobre las ventas minoristas: Si es un contratista principal, no debe aplicar el impuesto sobre las ventas minoristas a sus costos de construcción cuando realice una construcción para una tribu o un miembro de la tribu/ciudadano inscrito en su territorio indígena.

      Si realiza una construcción tanto dentro como fuera del territorio indígena, solo debe excluir el impuesto sobre ventas de la parte del contrato relacionada con el trabajo realizado en este tipo de territorio. Si realiza un trabajo para una tribu o un miembro de la tribu/ciudadano inscrito fuera de su territorio indígena, por ejemplo, obras viales que se extiendan fuera de este territorio, debe cobrar y pagar el impuesto sobre las ventas minoristas de la parte de la obra realizada fuera del territorio indígena.

      Impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O): Si es un contratista principal, no debe pagar el impuesto sobre B&O por los costos de construcción cuando realiza una construcción para una tribu o un miembro de la tribu/ciudadano inscrito en su territorio indígena.

      Permiso de reventa: Puede usar un permiso de reventa a fin de adquirir materiales y mano de obra de subcontratistas para las construcciones en territorio indígena para miembros de la tribu/ciudadanos. El Departamento considera que estas compras son para la reventa.

      Nuevo formulario de exenciónExención fiscal para ventas a tribus

      Los contratistas principales que trabajan directamente para la tribu no deben pagar el impuesto sobre ventas por los suministros y alquileres de la construcción si aplican las siguientes condiciones:

      • El contratista principal los envía al territorio indígena de la tribu para la que trabaja.
      • El uso de estos suministros se limita exclusivamente a esta construcción en territorio indígena

      Los contratistas deben usar el formulario de exención fiscal para ventas a tribus a fin de documentar la exención.

      Ejemplos de suministros:

      • Clavos.
      • Cubiertas protectoras.
      • Sellador.
      • Madera para estructuras.

      Impuesto sobre uso: Los contratistas principales no deben pagar el impuesto sobre uso por los materiales que instalan o colocan permanentemente en inmuebles en territorio indígena cuando la construcción que realizan es para una tribu o un miembro de la tribu/ciudadano inscrito. Los contratistas principales no deben pagar el impuesto sobre uso por los bienes de consumo o los servicios que utilicen en su totalidad para realizar esta construcción.

      Alquileres: Los contratistas principales que trabajan en territorio indígena no deben pagar el impuesto sobre ventas o uso por el alquiler de equipos con o sin un operador, cuando estos equipos o servicios se envían a la reserva. El contratista principal debe usar el formulario de exención fiscal para ventas a tribus.


      Esta sección se aplica a los subcontratistas que trabajan para un contratista principal en territorio indígena.

      Por lo general, los subcontratistas que trabajan en territorio indígena pagan sus impuestos como si la construcción se llevara a cabo en un lugar fuera del territorio indígena. Dicho de otra forma, un subcontratista trabaja para el contratista principal, no directamente para la tribu o el miembro de la tribu/ciudadano. Los subcontratistas deben pagar el impuesto sobre B&O (generalmente, en virtud de la clasificación de venta al por mayor si obtienen el permiso de reventa del contratista principal).

      Alquileres: Los subcontratistas que trabajan en territorio indígena deben pagar el impuesto sobre ventas o uso por el alquiler de equipos con o sin operador.

      Impuesto sobre las ventas minoristas: Si los subcontratistas obtienen un permiso de reventa de parte del contratista principal, no están obligados a cobrar el impuesto sobre ventas.

      Impuesto sobre uso: Los subcontratistas no deben pagar el impuesto sobre uso por los materiales que instalan o colocan permanentemente en los proyectos en territorio indígena cuando la construcción que realizan es para un contratista principal. Los subcontratistas sí deben pagar el impuesto sobre uso por los bienes de consumo o los servicios que utilicen para realizar esta construcción.


      Esta sección se aplica a la construcción que realice en territorio indígena para personas que no son indígenas.

      La ley no prevé un tratamiento fiscal especial para los contratistas o subcontratistas que realicen obras para personas que no son indígenas en territorio indígena. Si trabaja para un cliente/propietario/constructor especulativo, debe pagar tanto el impuesto sobre las ventas minoristas como el impuesto sobre B&O de venta al por menor sobre el precio del contrato.

      Construcciones del Gobierno federal

      El tratamiento fiscal descrito anteriormente en relación con las construcciones para tribus y sus miembros no se aplica a las construcciones del Gobierno federal, incluso si las obras se realizan en territorio indígena. Consulte la sección sobre contratación del Gobierno de esta guía para obtener más información ( Sección 458-20-17001 del WAC).

      Cómo documentar las transacciones con exención fiscal

      Los contratistas que presten servicios de construcción a tribus o miembros de la tribu/ciudadanos inscritos en territorio indígena deben verificar la exención fiscal de la tribu o del miembro de la tribu/ciudadano inscrito. Para ello, deben consultar la identificación del comprador y obtener un formulario completo de exención fiscal para ventas a tribus  de parte del comprador.

      A continuación, se incluyen algunos ejemplos de tipos de identificación aceptables:

      • Tarjeta de membresía de la tribu.
      • Carta del funcionario de la tribu.
      • Lista de miembros de la tribu por parte de un funcionario de esta.
      • Tarjeta de identificación del tratado de pesca.

      Debe conservar los registros correspondientes sobre el estado de exención de las transacciones durante cinco años. Las empresas individuales pueden comunicarse con el Departamento para determinar la mejor manera de llevar un registro para situaciones específicas.

      Tribus indígenas actuales

      Nuestro estado permite la exención fiscal previa para tribus reconocidas a nivel federal y sus miembros.

      Hasta la fecha de este aviso, las siguientes tribus son reconocidas a nivel federal y poseen territorio indígena dentro del estado de Washington:

      • Tribus confederadas de la reserva de Chehalis.
      • Tribus confederadas de la reserva de Colville.
      • Tribu de Cowlitz.
      • Tribu Hoh.
      • Tribu S'Klallam de Jamestown.
      • Tribu Kalispel.
      • Tribu Klallam de la parte baja de Elwha.
      • Nación Lummi.
      • Tribu Makah.
      • Tribu Muckleshoot.
      • Tribu Nisqually.
      • Tribu Nooksack.
      • Tribu S'Klallam de Port Gamble.
      • Tribu de Puyallup.
      • Tribu Quileute.
      • Nación Quinault.
      • Nación Samish.
      • Tribu Sauk-Suiattle.
      • Tribu de la Bahía de Shoalwater.
      • Tribu Skokomish.
      • Tribu Snoqualmie.
      • Tribu de Spokane.
      • Tribu de la isla Squaxin.
      • Tribu Stillaguamish.
      • Tribu Suquamish.
      • Tribu Swinomish.
      • Tribus Tulalip.
      • Tribu de la parte alta de Skagit.
      • Nación Yakama.

      Puede obtener la información de contacto del gobierno y la administración de la tribu en el sitio web de la Oficina de Asuntos Indígenas del Gobernador o en la siguiente dirección:

      Governor's Office of Indian Affairs
      210 11th Avenue SW, Suite 415
      PO Box 40909
      Olympia WA 98504
      360-902-8827


      Definiciones

      Indígena se refiere a una persona incluida en las listas tribales de una tribu indígena. Una persona incluida en estas listas también se conoce como un “miembro inscrito”, “miembro”, “persona inscrita”, “afiliado” o “miembro de la tribu”. El término “indígena” solo incluye a aquellas personas que estén inscritas en la tribu en cuyo territorio se desarrolla la actividad y no incluye a los indígenas que son miembros de otras tribus. El cónyuge de un miembro inscrito se considera “indígena” a efectos de esta norma, si esto no genera conflictos con la ley de la tribu.

      Territorio indígena se refiere a todos los terrenos dentro de los límites de cualquier reserva indígena. Además, el territorio indígena incluye terrenos en fideicomisos ubicados fuera de una reserva. Esto incluye parcelas que tienen estatus de terreno restringido. El “terreno restringido” se identifica por el título que se le otorga a un indígena o una tribu, y la propiedad está sujeta a restricciones federales sobre enajenaciones y gravámenes.

      Tribu hace referencia a una nación, tribu, grupo, comunidad o alguna otra entidad indígena reconocida como tribu por el Departamento del Interior de Estados Unidos. La frase “tribu indígena reconocida a nivel federal” y el término “tribu” tienen el mismo significado que “tribu indígena”.

      Materiales se refiere a los artículos que se convierten en una parte permanente de la construcción final, siempre y cuando los artículos no se hayan usado ni consumido previamente en la realización de la actividad de construcción. Por ejemplo, los “materiales” incluyen hormigón, tirantes, madera, herrajes de acabado, ventanas, construcción de techo, etc., los cuales serán parte de la estructura que se construye o mejora.

      Bienes de consumo hace referencia a los artículos y servicios usados durante la construcción. Esto incluye el alquiler de equipos con o sin un operador. Los bienes de consumo incluyen madera para estructuras, lijas, hojas de sierra, equipos y herramientas.

      Contratistas de otros estados

      Contratistas de otros estados

      Los siguientes contratistas se deben registrar en el Departamento de Ingresos y están sujetos a impuestos sobre el consumo:

      • Contratistas que son responsables de realizar actividades de construcción dentro del estado en cualquiera de las siguientes categorías:
        • Construcción personalizada.
        • Contratación del Gobierno.
        • Construcción de vías públicas.
        • Extracciones.
      • Subcontratistas que son responsables de realizar actividades de construcción dentro del estado y que alcanzan al menos uno de los umbrales de nexo.

      El impuesto sobre uso se aplica a todos los equipos traídos al estado para llevar a cabo la construcción si no se ha pagado el impuesto sobre ventas o uso a otro estado. El valor sujeto al impuesto sobre uso se calcula en función del valor justo de alquiler del equipo si se utiliza en el estado por un período que no exceda los 180 días durante cualquier período de 12 meses. Si el uso supera los 6 meses, el impuesto sobre uso se calcula en función del valor total de mercado del equipo utilizado en el estado.

      Para obtener más información, consulte la guía Empresas de otros estados.

      Requisitos para obtener los números de UBI de los contratistas

      Requisitos para obtener los números de UBI de los contratistas

      Según la Sección 82.32.070 del Código Revisado de Washington (Revised Code of Washington, RCW), todos los contribuyentes deben llevar un registro del número de cuenta del identificador comercial unificado (Unified Business Identifier, UBI) de cada contratista que contraten para realizar obras de construcción. Por ejemplo, la ley exige que un contratista general registre el número de UBI de todos los subcontratistas. Los contribuyentes deben llevar un registro de los números de UBI durante al menos cinco años. Si un contribuyente no registra el número de UBI del contratista, no podrá participar en la licitación de ningún contrato de obras públicas durante dos años. El contribuyente también estará sujeto a una multa que no excederá los $250.

      Deducción del impuesto pagado en el lugar de origen

      Deducción del impuesto pagado en el lugar de origen

      Contratos de construcción personalizada

      En la Sección 458-20-102 (11)(b) del Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC), se analizan los procedimientos a seguir cuando un contratista ha pagado el impuesto sobre ventas de Washington por los bienes incorporados a un contrato de construcción personalizada.

      Si un contratista paga el impuesto sobre ventas de Washington por la compra de materiales y posteriormente revende una parte de estos como componentes de un contrato de construcción personalizada, puede solicitar una deducción en la partida del impuesto sobre las ventas minoristas de la declaración de impuestos sobre el consumo por el monto que pagó por los materiales, sin incluir el impuesto sobre ventas. El contratista debe cobrarle al cliente el impuesto sobre ventas por el precio total del contrato según la ubicación de la obra.

      Al completar la declaración de impuestos sobre el consumo, la deducción en virtud del impuesto sobre las ventas minoristas debe desglosarse en la sección donde se detalla la deducción como “monto imponible del impuesto pagado en el lugar de origen”. Si la deducción no se identifica de manera correcta, es posible que la rechacen. Al completar la sección del impuesto local sobre ventas en la declaración de impuestos, se debe calcular la deducción en virtud de la tasa del impuesto local sobre ventas que se abona al vendedor y acreditarse al mismo código de ubicación que este especificó.

      Ejemplo

      Un contratista personalizado compra materiales que cuestan $100,000 a un proveedor de la ciudad de Tacoma. Recoge los materiales en el establecimiento del proveedor y paga el impuesto sobre las ventas minoristas según la tasa impositiva de Tacoma. Luego, utiliza los materiales en un proyecto de construcción minorista (personalizada) de $200,000 en la ciudad de Seattle. El contratista tiene la obligación de cobrarle al cliente el impuesto sobre ventas en virtud de la tasa impositiva de Seattle. El impuesto se cobra sobre el precio total del contrato de $200,000. Para recuperar el impuesto sobre ventas pagado por los materiales que se compraron al proveedor de Tacoma, el contratista tiene derecho a solicitar una deducción del “monto imponible por el impuesto pagado en el lugar de origen”. Se debe utilizar el código de la ciudad de Tacoma para la deducción del impuesto local.

      Al declarar los ingresos de la construcción minorista, el contratista debe utilizar el código de la ciudad de Seattle. El resultado neto de este procedimiento es cobrar y remitir el impuesto sobre las ventas minoristas en función de la ubicación del servicio de construcción (Seattle). Al utilizar el código del lugar donde se pagó el impuesto sobre ventas por la compra de materiales (Tacoma) para la deducción del “impuesto pagado en el lugar de origen”, el impuesto local sobre ventas por los servicios de construcción minorista se aplica correctamente en su totalidad al lugar donde se lleva a cabo la actividad de construcción.

      Los ingresos de la construcción en este ejemplo se informarían en la declaración de impuestos sobre el consumo de la siguiente manera:

      Impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) de venta al por menor (monto bruto) $200,000
      Sin deducción
      Venta al por menor, neto (igual que el monto bruto) $200,000

       

      Impuesto sobre las ventas minoristas: tasa estatal (monto bruto) $200,000

      Monto imponible para la deducción del impuesto pagado en el lugar de origen ($100,000)

      Monto imponible neto $100,000

       

      Impuesto local sobre ventas y uso de la ciudad o el condado

      Ciudad de Seattle: código de ubicación 1726 $200,000

      Ciudad de Tacoma: código de ubicación 2717 ($100,000)

       

      El presente procedimiento de declaración da lugar a la reducción correspondiente de la distribución del impuesto local sobre ventas a la ciudad de Tacoma. Esto es correcto, ya que el impuesto sobre ventas en realidad no se devengó por la compra de materiales al proveedor de Tacoma, sino que se devenga según la ubicación de la actividad de construcción.


      Impuesto sobre ventas pagado a otros estados

      A veces, los contratistas de otros estados compran materiales en otro estado y pagan el impuesto sobre ventas de ese lugar. Si dicho contratista es el consumidor de los materiales (por ejemplo, un constructor especulativo), puede deducir del impuesto sobre uso de Washington el impuesto sobre ventas o uso de otro estado por los materiales que utiliza en Washington.

      Sin embargo, si el contratista realiza una construcción personalizada, debe cobrarle al cliente el impuesto sobre ventas de Washington por el precio bruto del contrato. Ninguna disposición en virtud de las leyes de Washington establece que se puede deducir del impuesto sobre ventas devengado por la venta del contratista el impuesto sobre ventas o uso pagado por el contratista en otro estado. Además, la deducción en virtud de la clasificación del impuesto sobre las ventas minoristas del monto imponible por el impuesto pagado en el lugar de origen solamente corresponde al costo de los materiales por los que se pagó el impuesto sobre ventas de Washington. No se permite ninguna deducción si el impuesto sobre ventas por dichos materiales se pagó en otro estado

      Otros tipos de construcción:

      Construcción de vías públicas

      El impuesto sobre ventas se aplica a los materiales de construcción instalados en vías públicas que son propiedad de ciudades, condados, subdivisiones municipales, así como en la construcción de vías para el Gobierno federal. El impuesto local sobre ventas se determina según el lugar donde el contratista recibe los materiales del proveedor. En el ejemplo anterior, se utilizaría el código de la ciudad de Tacoma (código 2717) para el impuesto local sobre ventas.

      Contratación del Gobierno

      En la construcción de edificios y otras estructuras para el Gobierno de Estados Unidos, se aplica el impuesto local sobre ventas a los materiales de construcción según el lugar donde el contratista recibe los materiales del proveedor. En el ejemplo anterior, el impuesto local sobre ventas correspondería a la ciudad de Tacoma.

      Construcción de vías estatales (o privadas)

      En la construcción de vías estatales o privadas, el impuesto local sobre ventas se aplica a los costos de construcción según el lugar donde se lleva a cabo la actividad. Si el contratista paga el impuesto sobre ventas a un proveedor al comprar materiales utilizados en este tipo de actividad de construcción, tiene derecho a deducir un “monto imponible del impuesto pagado en el lugar de origen”, como se indicó anteriormente en la sección Construcción personalizada. Con este procedimiento, el monto adecuado de los ingresos del impuesto local sobre ventas se distribuye al lugar donde se lleva a cabo la actividad de construcción.

      Dotación de personal temporal para la construcción

      Dotación de personal temporal para la construcción

      Los desarrolladores inmobiliarios (constructores especulativos) deben pagar el impuesto sobre las ventas minoristas por mano de obra temporal

      Las leyes del estado de Washington exigen que los desarrolladores inmobiliarios paguen el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por los cargos pagados a las empresas de dotación de personal por los trabajadores temporales que prestan servicios relacionados con la construcción en inmuebles que son propiedad del desarrollador.

      A continuación, se incluyen preguntas frecuentes sobre la mano de obra temporal y la aplicación del impuesto sobre las ventas minoristas.


      ¿Los desarrolladores inmobiliarios siempre han estado sujetos al impuesto sobre ventas o el impuesto sobre uso de los cargos por los trabajadores temporales?

      Sí, las leyes de Washington siempre han exigido que los desarrolladores paguen el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso de los cargos de las empresas de dotación de personal por la mano de obra temporal para la construcción. Debido a la confusión existente en la industria de dotación de personal, el Departamento ha comenzado recientemente a exigir el cumplimiento del requisito de que las empresas de dotación de personal cobren el impuesto sobre ventas por los cargos en relación con la mano de obra minorista. Sin embargo, los clientes de las empresas de dotación de personal que contratan trabajadores temporales para la construcción deben pagar el impuesto sobre ventas (denominado “impuesto sobre uso”) por dichos cargos siempre que la empresa no haya cobrado el impuesto sobre las ventas minoristas.


      ¿Cuáles son los cargos sujetos al impuesto sobre las ventas minoristas que las empresas de dotación de personal temporal cobran al desarrollador?

      El impuesto sobre las ventas minoristas se aplica a todos los cargos que se cobran a los consumidores, incluidos los desarrolladores, por servicios relacionados con la modificación, reparación o mejora de bienes muebles o inmuebles. Esto incluye los cargos por “mano de obra únicamente”. El vendedor debe cobrarle el impuesto sobre ventas al comprador.

      Entre los ejemplos de servicios al por menor, se incluyen los siguientes:

      Carpintería, limpieza de terrenos, construcción comercial, obras de hormigón, demolición, obras eléctricas y de excavación, mantenimiento de jardines, movimiento de tierras, pintura, empapelado, enyesado/instalación de paneles de yeso, construcción residencial, construcción de techo, instalación de chapas metálicas, limpieza de obras, etc.


      ¿Qué sucede si el desarrollador no ha pagado el impuesto sobre ventas por compras minoristas anteriores?

      Si no se ha pagado el impuesto sobre las ventas minoristas a la empresa de dotación de personal temporal, el desarrollador debe declarar y pagar cualquier impuesto adeudado directamente al Departamento de Ingresos. Si el vendedor no cobra el impuesto, no se exime al comprador de la responsabilidad de pagar el impuesto adeudadoLas empresas registradas deben declarar las compras libres de impuestos en la partida “Impuesto sobre uso” de la declaración de impuestos sobre el consumo del estado de Washington.

      Las preguntas específicas deben enviarse a la División de Servicios para Contribuyentes del Departamento de Ingresos. Puede llamar al 360-705-6705.

      Leyes y normas sobre actividades de construcción

      Leyes y normas sobre actividades de construcción

      La tributación de actividades de construcción dentro del estado de Washington se analiza en las siguientes leyes y normas:

      Referencias al Código Revisado de Washington (RCW)

      Número Título
      64.04.010 Transferencias y gravámenes por escritura
      64.04.030 Escritura de garantía: Forma y efecto
      64.04.040 Escritura de compraventa: Forma y efecto
      64.04.050 Escritura de renuncia: Forma y efecto
      82.04.030 “Persona física”, “Empresa”
      82.04.050 “Ventas al por menor”, “Ventas minoristas”
      82.04.190 Consumidor
      82.04.390 Exenciones: Montos derivados de la venta de inmuebles
      82.12.010 Definiciones

       

      Referencias del Código Administrativo de Washington (WAC)

      Número Título
      WAC 458-20-102 Permisos de reventa
      WAC 458-20-107 Precio de venta: Precios anunciados que incluyen el impuesto sobre ventas
      WAC 458-20-110 Costos de flete y envío
      WAC 458-20-112 Valor de los productos
      WAC 458-20-135 Extracción de productos naturales
      WAC 458-20-170 Construcción y reparación de edificios nuevos o existentes, así como de otras estructuras en bienes inmuebles
      WAC 458-20-17001 Contratación del Gobierno: Construcción, instalación o mejoras de bienes inmuebles gubernamentales
      WAC 458-20-171 Construcción, reparación y mejora de calles, vías, etc.
      WAC 458-20-172 Limpieza de terrenos, movimiento de tierras, limpieza, fumigación, demolición o traslado de edificios existentes y servicios de conserjería
      WAC 458-20-178 Impuesto sobre uso
      WAC 458-20-190 Ventas y compras de EE. UU., sus departamentos, instituciones y organismos: Ventas a gobiernos extranjeros
      WAC 458-20-192 Indígenas: Reservas indígenas
      WAC 458-20-193 Ventas interestatales entrantes y salientes de bienes personales tangibles
      WAC 458-20-194 Realizar actividades comerciales dentro y fuera del estado
      WAC 458-20-197 Cuándo surge la responsabilidad fiscal
      WAC 458-20-199 Métodos contables
      WAC 458-20-211 Arrendamientos o alquileres de bienes tangibles, consignaciones
      WAC 458-20-223 Personas que ejecutan contratos en función del tiempo y material o del costo más la tarifa fija

      Matriz fiscal de la construcción

      Matriz fiscal de la construcción
      Tipo de contratista Impuesto sobre B&O Impuesto sobre las ventas minoristas Impuesto sobre uso/Impuesto sobre ventas diferido
      Contratista general o principal:Realiza trabajos para terceros al por menor. No es dueño del bien inmueble. Esta modalidad se denomina construcción personalizada. Está sujeto a la clasificación del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) de venta al por menor. El impuesto sobre ventas se cobra y devenga sobre el precio total del contrato. El contratista paga el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utilizó (herramientas, papel de lija, etc.). No paga el impuesto sobre ventas por los materiales que se convierten en una parte permanente del edificio. Puede usar un permiso de reventa para comprar estos artículos.
      Subcontratista (construcción personalizada):Realiza trabajos para terceros al por mayor. No es dueño del bien inmueble. El contratista general o principal lo contrata para realizar todo o parte del proyecto del contrato. Está sujeto a la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por mayor si el contratista general o principal le otorga un permiso de reventa. De lo contrario, se aplica la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por menor. Si el contratista general o principal le otorga un permiso de reventa al subcontratista, no cobra el impuesto sobre las ventas minoristas por el precio del contrato. De lo contrario, se paga el impuesto sobre ventas por el costo total al contratista general. El contratista paga el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utilizó (herramientas, papel de lija, etc.). No paga el impuesto sobre ventas por los materiales que se convierten en una parte permanente del edificio. Puede usar un permiso de reventa para comprar estos artículos.
      Constructor especulativo: Construye edificios residenciales o comerciales en terrenos que posee. No debe pagar el impuesto sobre B&O por la venta de la propiedad. La venta de la propiedad está sujeta al impuesto sobre el consumo de inmuebles. No cobra el impuesto sobre las ventas minoristas por la venta de la propiedad. El constructor debe pagar el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales utilizados y todas las facturas de otros contratistas.
      Contratista para vías públicas: Construye vías para ciudades, condados y el Gobierno federal. No incluye la construcción de vías para el estado de Washington. Nota: Los comentarios aplican tanto al contratista principal como al subcontratista. Está sujeto a la clasificación del impuesto sobre B&O de construcción de vías públicas por el precio bruto del contrato.. No cobra el impuesto sobre las ventas minoristas en obras viales que pertenezcan a una ciudad, un condado o el Gobierno federal. Las vías del estado de Washington están sujetas al impuesto sobre ventas. Siga las normas anteriores para el contratista general. El contratista se define por ley como consumidor y debe pagar el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utiliza, aplica o instala.
      Contratista para vías en zonas de explotación forestal: Construye vías en zonas de explotación forestal junto con parcelas de tierra para la tala. Está sujeto al impuesto sobre B&O en virtud de la clasificación de extracción por el precio bruto del contrato.
      Contratista del Gobierno: Construcción de bienes inmuebles para el Gobierno federal. No se aplica a la construcción de vías. NOTA: La tributación es la misma tanto para el contratista principal como para el subcontratista. Está sujeto al impuesto sobre B&O en virtud de la clasificación fiscal de contratación del Gobierno por el precio bruto del contrato.. El Gobierno federal no cobra ningún impuesto sobre ventas El contratista se define por ley como consumidor y debe pagar el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utiliza, aplica o instala.