La siguiente información proporciona orientación para determinar si el equipo de transporte se utiliza al menos el 25 % del tiempo en el comercio interestatal y extranjero.
“Parte sustancial” significa que el vehículo motorizado o remolque cruza efectivamente los límites del estado de Washington y se utiliza al menos en un veinticinco por ciento en el transporte interestatal por contrato.
El impuesto sobre el uso se debe a los vehículos que no se han utilizado sustancialmente (más del 25 %) en el comercio interestatal y sobre los cuales no se ha pagado el impuesto sobre la venta minorista o sobre el uso.
Información sobre la revisión anual
Año calendario: Cada año calendario, el transportista debe revisar el uso de cada vehículo y remolque durante un "periodo de visualización" que abarca el año calendario anterior. Si un vehículo se compró o vendió durante el año calendario, el contribuyente puede optar por revisar el uso durante la parte del año en la que fue propietario del vehículo o puede utilizar un período de doce meses que comience con la fecha de compra del vehículo y termine con la fecha de venta del vehículo.
Ejemplo: Si un vehículo se intercambia el 30 de mayo de 2006, el contribuyente debe cumplir con la prueba de uso sustancial para este vehículo, ya sea para el periodo de enero a mayo de 2006 o para el periodo del 1.º de junio de 2005 al 30 de mayo de 2006.
Año fiscal: Un transportista que mantenga registros por año fiscal puede optar por revisar el uso de sus vehículos utilizando el año fiscal en lugar del año calendario. Si se utiliza un año fiscal, debe aplicarse a toda la flota de vehículos. Estos transportistas no pueden cambiar a un año calendario sin obtener la aprobación previa del Departamento de Ingresos.
RECUERDE QUE: El uso se revisará cada año calendario o fiscal y no en un periodo “móvil” de doce meses.
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