En general, la actividad de transporte por contrato no está sujeto al impuesto de negocio y ocupación (business and occupation, B&O). Sin embargo, quienes venden a conductores de camiones están sujetos a los siguientes impuestos:
Venta minorista de equipo para transporte interestatal
Esta clasificación fiscal de B&O se aplica a quienes venden artículos a negocios que realizan transporte interestatal por contrato. Para que se aplique esta clasificación del impuesto B&O, el comprador debe operar con un permiso de autotransportista (Motor Carrier, MC) o un permiso por la Comisión de Comercio Interestatal (Interstate Commerce Commission, ICC). Las siguientes ventas están sujetas a la clasificación fiscal de B&O de venta minorista de equipo para transporte interestatal, cuando son realizadas por el titular de un permiso de MC o por la ICC:
- venta de vehículos motorizados, remolques y sus componentes;
- arrendamiento de vehículos de motor y remolques sin conductor; y
- cargos por mano de obra y servicios prestados para la construcción, limpieza, reparación, modificación o mejora de vehículos, remolques o sus componentes.
El término "componentes" se refiere a cualquier propiedad tangible que esté unida a un vehículo motorizado o remolque y que forme parte integral de él. Incluye elementos como motores, piezas de motor y carrocería, baterías, pintura, calcomanías pegadas de forma permanente, llantas, e incluye el eje y las ruedas, a veces denominados engranajes convertidores o plataformas rodantes, utilizados para conectar un remolque detrás de un tractocamión y un remolque. Los componentes pueden incluir propiedades tangibles que se fijan al vehículo y se utilizan como parte integral de la operación del vehículo por parte del transportista, incluso si el artículo no es necesario mecánicamente para la operación del vehículo. Incluye teléfonos celulares, equipos de comunicación, extintores de incendios y otros artículos, ya sea que estén fijados permanentemente al vehículo o sujetos por soportes unidos de forma permanente. Si están sujetos por soportes, estos deben estar fijados permanentemente al vehículo de manera definida y segura, y estos artículos deben estar fijados al soporte cuando no estén en uso, además de estar destinados a permanecer en ese vehículo.
Los componentes no incluyen anticongelante, aceite, grasa y otros lubricantes, que se consideran consumidos al introducirse en el vehículo, aunque sean necesarios para su funcionamiento. Sí incluyen elementos como bujías, filtros de aceite, filtros de aire, mangueras y correas.
El Impuesto B&O en ventas minoristas se aplica a lo siguiente:
- Las ventas y servicios descritos anteriormente que no se consideran venta minorista de equipo para transporte interestatal (vendido a alguien que no sea titular de un permiso de la MC o por la ICC).
- Las ventas de equipo, herramientas, piezas y accesorios que no formen parte de un vehículo motorizado o remolque utilizado para el transporte de personas o propiedades.
- Las ventas de combustibles, como aceite, anticongelante, grasa, otros lubricantes, solventes de limpieza y hielo.
- Los gastos de remolque.
Recaudación del impuesto sobre la venta minorista
Los negocios que realizan ventas minoristas deben recaudar y remitir el impuesto sobre la venta minorista al estado de Washington, a menos que aplique una exención específica. (Consulte el capítulo sobre Impuesto sobre la venta minorista: propiedad del transportista). La tasa impositiva se basa en la ubicación de la venta. En el caso de un contrato de arrendamiento a largo plazo con pagos periódicos, el impuesto sobre la venta minorista se basa en la ubicación del arrendatario.
CONSEJO: Para determinar las tasas del impuesto sobre la venta para una ubicación específica, utilice nuestra Herramienta de consulta de tasas impositivas.
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