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Venta de vehículos motorizados, remolques y piezas a autotransportistas que operan en el comercio interestatal o internacional

Se permite una exención del impuesto sobre la venta para ciertas compras realizadas por autotransportistas que operan en el comercio interestatal y al extranjero. Un "autotransportista" se refiere a una persona natural o física, sociedad de personas, empresa, asociación o sociedad anónima privada o pública que se dedica al comercio interestatal y que opera o hace operar cualquier vehículo comercial motorizado en cualquier carretera de este estado.

La exención se aplica a la compra de los siguientes artículos cuando se utilizan en el comercio interestatal y extranjero:

  • vehículos motorizados y remolques
  • venta de componentes para vehículos motorizados y remolques
  • arrendamiento de vehículos motorizados y remolques sin conductor
  • cargos por mano de obra y servicios relacionados con la "construcción, limpieza, reparación, modificación o mejora" de vehículos y remolques o sus componentes

Impuesto sobre la venta minorista que se impone a la propiedad del transportista

Generalmente, el impuesto sobre la venta se aplica a la compra de camiones, remolques, componentes y reparaciones realizadas en la propiedad del transportista. Esto incluye los montos cobrados por el arrendamiento o alquiler (con o sin operador) de vehículos motorizados o remolques. Sin embargo, la propiedad del transportista que se adquiere para su uso en el comercio interestatal o extranjero por titulares de permisos de autotransportista (Motor Carrier, MC) o emitidos por la Comisión de Comercio Interestatal (Interstate Commerce Commission, ICC) o sus subcontratistas puede calificar para una exención del impuesto sobre la venta en ciertos casos. Para estar exento, el comprador debe ser titular de un permiso de MC o emitido por la ICC.

El término "componentes" se refiere a cualquier propiedad tangible que esté unida a un vehículo motorizado o remolque y que forme parte integral de él. Incluye artículos como motores, partes del motor y la carrocería, baterías, pintura, calcomanías pegadas de forma permanente y llantas. También se incluyen el eje y las ruedas, conocidos como "engranajes convertidores" o "plataformas rodantes", que se utilizan para conectar un remolque detrás de un tractor y un remolque.

Los artículos que no califican como "componentes" incluyen equipos, herramientas, piezas y accesorios que no forman parte de un vehículo motorizado o remolque utilizado para el transporte de personas o bienes por contrato. Esto incluye artículos como cadenas para llantas y lonas que no están hechas a medida para un vehículo específico, así como la venta de consumibles, como aceite, anticongelante, grasa, otros lubricantes, solventes de limpieza y hielo.

Para calificar para la exención, el comprador debe entregar al vendedor un certificado de exención al momento de la compra. Consulte la sección 4 del Buyers’ Retail Sales Tax Exemption Certificate (Certificado de exención del impuesto sobre la ventas minoristas del comprador) (PDF 357.62KB).

Requisito de mantenimiento de registros: El vendedor debe conservar todos los certificados de exención durante un periodo de 5 años. Consulte el Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC) 458-20-254 para conocer los requisitos de gestión de archivos.

Nota: Aunque los bienes del transportista (camiones, remolques, etc.) pueden calificar para una exención del impuesto sobre la venta al momento de la compra, estarán sujetos al impuesto sobre el uso si no cumplen con la "parte sustancial" de operar al menos un 25 % en comercio interestatal.

Si tiene preguntas sobre la tributación de los componentes, comuníquese con el Departamento de Ingresos al 360-705-6706.

Impuesto sobre el uso que se impone a la propiedad del transportista

Generalmente, el impuesto sobre el uso se aplica a camiones y remolques estacionados principalmente en Washington si no se utilizan al menos un 25 % en el comercio interestatal. El impuesto sobre el uso se aplica incluso si la propiedad pudiera haber calificado para una exención del impuesto sobre la venta al momento de la compra.

Exenciones del impuesto sobre el uso

Los camiones y remolques están exentos al impuesto sobre el uso si se cumplen todas las siguientes condiciones:

  • La propiedad del transportista es utilizada por titulares de permisos de MC o emitidos por la ICC o sus subcontratistas.
  • La propiedad del transportista se utiliza para transporte por contrato.
  • La propiedad del transportista se utiliza sustancialmente (al menos el 25 % del tiempo) en transporte interestatal por contrato. (La determinación del porcentaje de uso calificado debe realizarse al menos una vez al año. Consulte la Revisión anual).

Para mantener la exención del impuesto sobre el uso, el titular de un permiso de MC o emitido por la ICC debe presentar prueba de dicho permiso o de que opera bajo contrato con un titular de dicho permiso al momento de la compra.

La exención del impuesto sobre el uso se aplica a los componentes y trabajos de reparación, incluso si las piezas se utilizan en un vehículo motorizado o remolque que se utiliza menos del veinticinco por ciento en transportes interestatales por contrato, siempre y cuando el vehículo se utilice para transporte por contrato.