Contratista general o principal:Realiza trabajos para terceros al por menor. No es dueño del bien inmueble. Esta modalidad se denomina construcción personalizada. |
Está sujeto a la clasificación del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) de venta al por menor. |
El impuesto sobre ventas se cobra y devenga sobre el precio total del contrato. |
El contratista paga el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utilizó (herramientas, papel de lija, etc.). No paga el impuesto sobre ventas por los materiales que se convierten en una parte permanente del edificio. Puede usar un permiso de reventa para comprar estos artículos. |
Subcontratista (construcción personalizada):Realiza trabajos para terceros al por mayor. No es dueño del bien inmueble. El contratista general o principal lo contrata para realizar todo o parte del proyecto del contrato. |
Está sujeto a la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por mayor si el contratista general o principal le otorga un permiso de reventa. De lo contrario, se aplica la clasificación del impuesto sobre B&O de venta al por menor. |
Si el contratista general o principal le otorga un permiso de reventa al subcontratista, no cobra el impuesto sobre las ventas minoristas por el precio del contrato. De lo contrario, se paga el impuesto sobre ventas por el costo total al contratista general. |
El contratista paga el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utilizó (herramientas, papel de lija, etc.). No paga el impuesto sobre ventas por los materiales que se convierten en una parte permanente del edificio. Puede usar un permiso de reventa para comprar estos artículos. |
Constructor especulativo: Construye edificios residenciales o comerciales en terrenos que posee. |
No debe pagar el impuesto sobre B&O por la venta de la propiedad. La venta de la propiedad está sujeta al impuesto sobre el consumo de inmuebles. |
No cobra el impuesto sobre las ventas minoristas por la venta de la propiedad. |
El constructor debe pagar el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales utilizados y todas las facturas de otros contratistas. |
Contratista para vías públicas: Construye vías para ciudades, condados y el Gobierno federal. No incluye la construcción de vías para el estado de Washington. Nota: Los comentarios aplican tanto al contratista principal como al subcontratista. |
Está sujeto a la clasificación del impuesto sobre B&O de construcción de vías públicas por el precio bruto del contrato.. |
No cobra el impuesto sobre las ventas minoristas en obras viales que pertenezcan a una ciudad, un condado o el Gobierno federal. Las vías del estado de Washington están sujetas al impuesto sobre ventas. Siga las normas anteriores para el contratista general. |
El contratista se define por ley como consumidor y debe pagar el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utiliza, aplica o instala. |
Contratista para vías en zonas de explotación forestal: Construye vías en zonas de explotación forestal junto con parcelas de tierra para la tala. |
Está sujeto al impuesto sobre B&O en virtud de la clasificación de extracción por el precio bruto del contrato. |
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Contratista del Gobierno: Construcción de bienes inmuebles para el Gobierno federal. No se aplica a la construcción de vías. NOTA: La tributación es la misma tanto para el contratista principal como para el subcontratista. |
Está sujeto al impuesto sobre B&O en virtud de la clasificación fiscal de contratación del Gobierno por el precio bruto del contrato.. |
El Gobierno federal no cobra ningún impuesto sobre ventas |
El contratista se define por ley como consumidor y debe pagar el impuesto sobre ventas/uso por todos los materiales que utiliza, aplica o instala. |