Preescolares y jardines de niños privados

Matrícula

Las guarderías, preescolares y jardines de niños privados no tienen que pagar el impuesto sobre negocios y ocupaciones (B&O) por los ingresos obtenidos al cuidar a niños menores de ocho años que no estén en primer grado o un grado superior.

Debe incluir estos montos en el ingreso bruto declarado bajo la clasificación de Cuidado Infantil y luego aplicar la deducción “Otros” con una descripción como “Jardines de niños, preescolares, etc. de operación privada."

No puede deducir los montos recibidos por niños de ocho años o más o inscritos en primer grado o superior.

Ventas de bienes muebles tangibles

Los ingresos obtenidos por la venta de bienes muebles tangibles (como libros, útiles escolares y uniformes) o cualquier cargo adicional a los estudiantes por estos artículos están sujetos al impuesto sobre B&O bajo la clasificación de Venta minorista, y debe recaudar el impuesto sobre la venta minorista.

Si la escuela no cobra estos artículos por separados, se considera que la escuela es la consumidora de los artículos proporcionados a los estudiantes y debe pagar el impuesto sobre la venta minorista o el impuesto sobre el uso al tiempo de compra.

Referencias

  • RCW 82.04.4282 Deducciones – Tarifas, cuotas y cargos
  • WAC 458-20-167 Instituciones educativas, distritos escolares, organizaciones estudiantiles y escuelas privadas